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Perdidas extraordinarias

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
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papageno
Mensajes: 6
Registrado: Jue, 16 Jun 2016, 21:44
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Perdidas extraordinarias

Mensaje por papageno »

Buenas tardes. Tengo una duda. Voy a liquidar mi SL que lleva inactiva 6 años. No tengo deudas y sólo me queda un activo de 5000 euros en stock. La notaria en la escritura de liquidacion me propone repartir entre los socios (somos dos) ese stock y cobrarme un plus por ello en la escritura. La otra opción que tengo es llevar ese stock a una cuenta de pérdidas extraordinarias puesto que ese stock se echó a perder y es invendible.
Mi pregunta es si a nivel fiscal el año que viene tanto si reparto como si llevo a pérdidas tendría algun tipo de obligación fiscal con hacienda a nivel impositivo. En caso de no conllevar ninguna obligación preferiría llevar ese stock a pérdidas y presentar mi balance en la notaria a ceros.
Me puede alguien orientar sobre esta cuestión?
Si llevo a pérdidas esta cantidad.. el año que viene en el depósito de cuentas anuales debo reflejarlo en el apartado de movimientos en el patrimonio de la empresa ?

Muchas gracias.
elchuske
Mensajes: 951
Registrado: Mar, 06 Nov 2012, 23:39
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Re: Perdidas extraordinarias

Mensaje por elchuske »

lo que tienes que hacer es reflejar la verdad, las mercancías se han perdido y lo reflejas en balance.
en el acta de disolución lo reflejas, el balance sera plano, es decir que no se puede aportar porque no hay nada. La notaria lo hará constar que no hay reparto y lo llevas al registro junto con el modelo del impuesto de transmisiones a cero. Haras constar en el acta que los gastos de notaria y registro serán pagados por los socios por no tener activos la empresa.
En tu impuesto de sociedades ni habrá balance ni PyG, así que lo presentas y un escrito a AEAT haciéndoles ver esta circunstancia. Por precaución más que nada .
Si lo haces así ademas tendrás una perdida patrimonial en renta que podrás compensar en un futuro

Si haces lo que te dice el notario, te cobrara mas, tendrás que pagar el 1% a tu comunidad autónoma por el importe de lo que repartes , y luego dependiendo el capital social y lo que finalmente repartes tendrás que hacerlo figurar en tu declaración de hacienda. Que podrá ser una perdida patrimonial o una ganancia .

Es como yo lo veo.
elchuske
Mensajes: 951
Registrado: Mar, 06 Nov 2012, 23:39
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Re: Perdidas extraordinarias

Mensaje por elchuske »

Bueno PyG si tiene que haber, rectifico.
papageno
Mensajes: 6
Registrado: Jue, 16 Jun 2016, 21:44
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Re: Perdidas extraordinarias

Mensaje por papageno »

Muchas gracias por la respuesta.

Sólamente un par de dudas. Al presentar mi balance de situación en la notaria a ceros puesto que llevo mi stock a perdidas extraordinarias, en mi impuesto de sociedades que presente el año que viene hay pérdidas y ganancias? No es sólo una disminución de mi activo?.
En caso de llevar a pérdidas mi activo.. No me impone ninguna obligación especial con hacienda de cara al año que viene?

Muchas gracias de nuevo.
elchuske
Mensajes: 951
Registrado: Mar, 06 Nov 2012, 23:39
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Re: Perdidas extraordinarias

Mensaje por elchuske »

Es que sin saber que balance tienes es complicado. supongo que en el activo tendrás las existencias y en el pasivo el capital, pero ¿hay algo mas? . Mucha casualidad que las existencias sumen igual que el capital .
Aclara un poquito mas .
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