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duda en declaración 347

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mlg123
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duda en declaración 347

Mensaje por mlg123 »

Buenas tardes,

Acudo a vosotros, porque me surge la siguiente duda: en el 1t de 2016 hice una factura a un cliente, a los 5 meses siguientes me dice que tengo que cambiar la factura, porque los datos identificativos no son correctos. Asi lo hice, le envie una factura rectificativa, donde especificaba que anulaba la factura inicial. Hasta aqui bien.

Pero para presentar el modelo 347 me surge una duda, se que tengo que declarar la factura rectificativa, ¿pero tengo que declarar también la factura no correcta, es decir, la inicial? Lo lógico sería que no, porque se supone que he anulado la factura con la rectificativa.

Otra cosa, cuando se produce una factura rectificativa por razón de datos identificativos erroneos, donde está anula a la inicial, tengo que especificar en el modelo 303 dicha factura rectificativa, aunque ésta solo modifica los datos identificativos?





Un saludo y gracias de ante mano. :oops: :roll:
Ponteunnickplis
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Re: duda en declaración 347

Mensaje por Ponteunnickplis »

Buenas tardes Mlg123

Buenas tardes. Que emitas una factura rectificativa implica que contablemente tienes que anular el apunte y contabilizarlos de nuevo. Por defecto el programa contable con el que trabajes te sacará el Modelo 303. En el caso del Contaplus con la versión que yo tengo, me lo anota separadamente en el Modelo 303. Mi opinión es que daría exactamente igual si no lo hicieras así.

En el Modelo 347. Me aparecería el Trimestre X la factura mal emitida al cliente A y en el trimestre x+1 la factura emitida correctamente al cliente Ay en negativo al cliente A ( Siempre y cuando ese cliente A supere los 3.005,06 euros en todo el año).

Saludos.
mlg123
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Re: duda en declaración 347

Mensaje por mlg123 »

Hola,
Gracias por la respuesta.
La verdad, que el hacer la factura rectificativa me tenia liado, ya que contablemente no sabía que hacer exactamente. Pero ahora con su explicación lo he entendido.
Gracias de nuevo y buena semana. :) :D
Ponteunnickplis
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Re: duda en declaración 347

Mensaje por Ponteunnickplis »

Buenas tardes Mlg123

De nada.

He visto que hay una errata donde dice ÔÇ£la factura emitida correctamente al cliente AÔÇØ debería decir ÔÇ£la factura emitida correctamente al cliente BÔÇØ. No sé si ha quedado claro en mi exposición, que los datos en positivo y en negativo del cliente A, sólo aparecerán si a ese cliente se le emiten más facturas que superen en total 3.005,06 euros.

Buena semana a ti también.
mlg123
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Re: duda en declaración 347

Mensaje por mlg123 »

Hola,
Si me di cuenta el errata, pero lo entendí.
Gracias de todas formas por rectificar.
Un saludo. :D
mlg123
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Registrado: Mié, 11 Dic 2013, 14:38
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Re: duda en declaración 347

Mensaje por mlg123 »

Bueno,
espere un momento.
Si la factura emitida es de 7.000? y la rectificativa es de 7.000? esto es igual a 0,00?. No tiene más facturas. Se puede entender que no se emite 347 porque da cero, pero por otro lado, se puede entender que si se emite, porque hay una factura en el 2016 que si supera los 3.005,06?.

¿Cómo lo interpreta la agencia tributaria?

Mi programa lo interpreto que no tenía que ponerlo, es así o no?

Un saludo.
Ponteunnickplis
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Re: duda en declaración 347

Mensaje por Ponteunnickplis »

Buenas Mlg123.

Si lo que indicas tanto la factura emitida inicialmente como la rectificativa pertenecen al mismo ejercicio el resultado anual es cero y por tanto no hay que declarar nada.

Tu programa funciona bien

La interpretación de la Agencia tributaria es esta:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.in ... ble_.shtml

"Cómo se declaran las operaciones en las que posteriormente existan devoluciones, descuentos, bonificaciones o modificación de la base imponible?

Estas circunstancias modificativas deberán ser reflejadas en el trimestre natural en que se hayan producido las mismas, siempre que el resultado de estas modificaciones supere, junto con el resto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad en el año natural, la cifra de 3.005,06 euros.

Ejemplo 1: En enero de 2014 la entidad X (no es gran empresa) vendió a Y por un importe de 4.000 euros. Pasados 6 meses X no ha cobrado dicho importe por lo que realiza los trámites pertinentes para modificar la base imponible en el último trimestre de 2014. ¿Cómo declara estas operaciones en el 347? No debe presentar el modelo 347 porque el importe anual de las operaciones, en valor absoluto, es inferior a 3.005,06 euros:
Importe anual de las operaciones= 0= Venta (4000) ÔÇô Modif. BI (-4.000)

Ejemplo 2: En diciembre de 2013 la entidad X vendió a Y por un importe de 20.000 euros. En el primer trimestre de 2014, la entidad X recibe una devolución de mercancías procedente de la venta anterior por valor de 4.000 euros. ¿Cómo declara estas operaciones en el 347? En este caso sí debe declarar las operaciones en el 347 ya que se tiene en cuenta el que el valor absoluto de las operaciones realizadas en un mismo año natural supere los 3.005, 06 euros.

Ejercicio 2013: Clave ÔÇ£BÔÇØ.
Importe anual de las operaciones= 20.000 euros
Importe 1T=0
Importe 2T=0
Importe 3T=0
Importe 4T=20.000

Ejercicio 2014: Clave ÔÇ£BÔÇØ
Importe anual de las operaciones= - 4.000
Importe 1T= - 4.000
Importe 2T=0
Importe 3T=0
Importe 4T=0"


Saludos.
mlg123
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Re: duda en declaración 347

Mensaje por mlg123 »

Buenos días,
Ahora si que me ha quedado claro.
Por eso, cuando buscaba en consultas vinculantes mi caso, no aparecía nada, venia lo de las devoluciones, facturas rectificativas, pero el caso de factura normal y anulación de ésta no venia nada. Pensé que el programa estaba mal, y que como en el 303 1T aparecería el importe de 7.000?, sino especificaba los 7.000? del 1t y los -7.000? del 2t no tendría problemas. Bueno ahora tendré que esperar a carta o inspección. Verdad o no?
Yo he especificado la factura rectificativa de empresa B en el 2T y de la empresa A su factura inicial + la anulación de ésta que es igual a cero.
Ya me extraño a mi cuando lo presente, no cuadraba. Gajes del oficio.
La próxima vez no me pasará.
Un saludo y gracias. :oops:
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