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sociedad anónima

Publicado: Jue, 10 Ene 2019, 19:21
por pukimuki
Hola a todos, voy a llevar la contabilidad y fiscalidad de una sociedad anónima por primera vez y me surgen algunas dudas.
1.- ¿A qué plan contable la relaciono? ¿PYME o PGC?
2.- Los impuestos (como por ejemplo el 115), ¿pueden ser trimestrales o deben ser mensuales?
3.- Las cuentas anuales, ¿pueden ser PYMES?
Gracias y saludos.

Re: sociedad anónima

Publicado: Vie, 11 Ene 2019, 20:03
por Petrus
1.- ¿A qué plan contable la relaciono? ¿PYME o PGC?
Respuesta: Dependerá de los parámetros de dimensión en que se encuentre tu empresa. Te dejo el enlace del R.D. 1515/2007 en que se aprobó el PGC de las PYMES
https://www.boe.es/boe/dias/2007/11/21/ ... -47566.pdf
concretamente en su artículo 2 se define aquellas empresas que pueden adaptarse al PGC de PYMES.

2.- Los impuestos (como por ejemplo el 115), ¿pueden ser trimestrales o deben ser mensuales?
Nota informativa sobre el mod. 115 -periodos declaración-
"3.- Las cuentas anSéptimo. Plazo de presentación e ingreso del modelo 115, en pesetas o en euros.
La presentación e ingreso de este modelo, en papel o por vía telemática, se efectuará en los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero en relación con las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta efectuados por el primero, segundo, tercero y cuarto trimestre del año natural, respectivamente.
No obstante lo anterior, tratándose de obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, por concurrir las circunstancias a que se refiere el apartado 3.1.o del artículo 71 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre (┬½Boletín Oficial del Estado┬╗ del 31), la presentación e ingreso de este modelo se efectuará en los veinte primeros días naturales de cada mes, en relación con las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta que correspondan por el mes inmediato anterior. Por excepción, la declaración e ingreso correspondiente al mes de julio se efectuará durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de septiembre inmediato posterior.
Los vencimientos de plazo que coincidan con un sábado o día inhábil se entenderán trasladados al primer día hábil inmediato siguiente."
En una palabra, si no eres "gran empresa", se presenta por trimestres naturales.

3.- Las cuentas anuales, ¿pueden ser PYMES?
Una vez más dependerá de si quedas clasificado como PYMES o no.

Re: sociedad anónima

Publicado: Mié, 27 Mar 2019, 19:09
por Miguel Ángel Mena
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