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COMUNIDAD

Publicado: Vie, 15 Mar 2019, 17:42
por ANGELA
Buenas tardes, una empresa cuya actividad es el alquiler de inmuebles, mensualmente además del importe del alquiler los inquilinos abonan el importe de gastos de comunidad. Mi pregunta es: este importe de comunidad debo considerarlo como mayor importe del alquiler o contabilizarlo en una cuenta distinta? estoy un poco perdida.

Gracias de antemano.

Re: COMUNIDAD

Publicado: Vie, 15 Mar 2019, 19:03
por MARMUMO
Buenas tardes, yo estoy en tu misma situación y lo contabilizo en una cuenta distinta, también es verdad que son recibos distintos, uno por la renta del alquiler y otro por los gastos de comunidad. La renta en las cuentas 752 y la Cdad. en la 759.Espero que te sirva. Un saludo.

Re: COMUNIDAD

Publicado: Sab, 16 Mar 2019, 01:25
por Petrus
Solo añadir que si el ingreso de estos alquileres lo es en razón de su actividad principal, parecería más apropiado utilizar la cuenta 705-Prestación de servicios.
La 752 se utiliza para los casos en que el ingreso por alquileres lo es por cuestión complementaria a la actividad principal.
Por lo que respecta a la parte de los gastos de la Comunidad repercutido al arrendatario, lo más lógico seria dejarlo incluido como más valor del alquiler ingresado, ya que en realidad no se trata de ninguna prestación de servicio añadida sino tan solo la aplicación de un incremento del mismo por cláusula contractual.