CONTABILIDAD DE UN AUTÓNOMO
Publicado: Vie, 12 Abr 2019, 12:18
Buenas:
Estoy empezando con la contabilidad de un autónomo que ha pasado a DIRECTA NORMAL.
Ya estoy en la idea de contabilizar sus pagos y cobros al contado a través de la 552, pero en cuanto a cobros y pagos por cuenta bancaria, el autónomo me ha dicho que la cuenta que utiliza la tiene también para sus asuntos particulares. Como tiene mucho movimiento no quiero contabilizar en un año, a lo mejor 500 operaciones particulares. Me pregunto si podría considerar todos los cobros y pagos del negocio, independientemente que sean por Caja o por Bancos, contra la 552. Es decir: ni siquiera tendría la necesidad de pedirle los extractos; bastaría con que me dijera qué tiene en cada momento pendiente de cobrar y pagar.
Otra cosa que quisiera saber es la siguiente: nunca he llevado una contabilidad que no sea de una sociedad; por tanto nunca me he visto obligado a usar las cuentas 552 y 102. Imagino que la 552 puede tener indistintamente saldos deudor y acreedor. Sin embargo, para la 102 se me plantean dudas: hace las veces de Capital, por tanto debería estar siempre en el HABER, sin embargo, como a fin de año la 552 se cancela contra ella, ¿podría darse el caso de que la 102 llegara a tener saldo deudor, dependiendo de cómo haya sido el saldo final de la 552? ¿Sería lícito?
Estoy empezando con la contabilidad de un autónomo que ha pasado a DIRECTA NORMAL.
Ya estoy en la idea de contabilizar sus pagos y cobros al contado a través de la 552, pero en cuanto a cobros y pagos por cuenta bancaria, el autónomo me ha dicho que la cuenta que utiliza la tiene también para sus asuntos particulares. Como tiene mucho movimiento no quiero contabilizar en un año, a lo mejor 500 operaciones particulares. Me pregunto si podría considerar todos los cobros y pagos del negocio, independientemente que sean por Caja o por Bancos, contra la 552. Es decir: ni siquiera tendría la necesidad de pedirle los extractos; bastaría con que me dijera qué tiene en cada momento pendiente de cobrar y pagar.
Otra cosa que quisiera saber es la siguiente: nunca he llevado una contabilidad que no sea de una sociedad; por tanto nunca me he visto obligado a usar las cuentas 552 y 102. Imagino que la 552 puede tener indistintamente saldos deudor y acreedor. Sin embargo, para la 102 se me plantean dudas: hace las veces de Capital, por tanto debería estar siempre en el HABER, sin embargo, como a fin de año la 552 se cancela contra ella, ¿podría darse el caso de que la 102 llegara a tener saldo deudor, dependiendo de cómo haya sido el saldo final de la 552? ¿Sería lícito?