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Valoracion Gananc.Patrimonial en IRPF

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
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GADES67
Mensajes: 12
Registrado: Vie, 12 Abr 2019, 22:27
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Valoracion Gananc.Patrimonial en IRPF

Mensaje por GADES67 »

Hola.-

En la escritura de compra de un inmueble se indica un valor de 125.000.-€ y en el recibo de IBI, se indica un valor catastral de 45.000.-€.

En el caso de venta del citado inmueble a los efectos de calculo del beneficio en el IRPF ¿Que valor se tiene en cuenta? ¿El de compra segun escritura ó el del IBI?

Tambien para venta posterior ¿ por que importe de referencia se podría formalizar en notaria ? Tomando el del IBI ó tambien el citado mayor importe en escritura de adquisicion primera.

Gracias.
elchuske
Mensajes: 951
Registrado: Mar, 06 Nov 2012, 23:39
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Re: Valoracion Gananc.Patrimonial en IRPF

Mensaje por elchuske »

Vaya lio que tienes.
Olvídate del recibo del IBI. Es una valoración a efectos de los ayuntamientos. Para nada es una referencia ni para compra ni para venta así que no te metas en líos.
El precio de compra es el que figura en la escritura, siempre.
Si lo quieres vender, el precio para calcular el beneficio o perdida es el escriturado siempre que este no esta por debajo de los precios de referencia que marca cada comunidad autónoma.
SLR. LUCIA
Mensajes: 242
Registrado: Mar, 12 Mar 2019, 14:24
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Re: Valoracion Gananc.Patrimonial en IRPF

Mensaje por SLR. LUCIA »

Hola Gades67, nosotros también tenemos una duda parecida a la tuya.

Indica elchuske que el precio para calcular el beneficio o pérdida es el escriturado siempre que no esté por debajo de los precios de referencia que marca cada comunidad autónoma.

Según tengo entendido, el precio mínimo por el que se debe vender un inmueble seria por el valor catastral que indica el recibo del IBI multiplicado por un coeficiente que lo marca la comunidad autónoma no?

Y por otro lado, a la hora de calcular la ganancia patrimonial, el precio de compra de ese inmueble el cuál aparece en escritura, ese hay que actualizarlo de alguna manera? Algo he escuchado pero no sé exactamente ya que nunca me he encontrado ante esta situación.
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