Página 1 de 1

CONDONACION PRESTAMO

Publicado: Mié, 17 Jul 2019, 12:02
por CARMENDAVE
hola tengo una empresa que ha formalizado un prestamo a uno de los socios, y han decidido que no lo va a devolver, sino que se va a condonar, me podeis echar algo de luz a como hacerlo contablemente?

gracias

Re: CONDONACION PRESTAMO

Publicado: Mié, 17 Jul 2019, 12:22
por Petrus
Debemos suponer que entre la formalización del préstamo y la decisión de condonarlo, existe un espacio temporal suficiente para considerarlo como dos hechos separados de "imput".
En tal caso, a la concesión del préstamo registrarlo según la norma del PGC aplicando las implicaciones fiscales que le corresponda. Cuando se decida la condonación, se podría registrar como 778-Gastos excepcionales SIN DEDUCCION COMO GASTO a efectos del Impuesto s/. Sociedades.
Si la cosa se preve simultanea en el tiempo, simplemente la salida de tesorería a la 778 bajo las mismas condiciones del párrafo anterior.Es un regalo a terceros , sin justifIcación de implicaciones empresariales.

Re: CONDONACION PRESTAMO

Publicado: Mié, 17 Jul 2019, 12:24
por CARMENDAVE
si, la constitucion del prestamo fue en enero del 2018, y se han ido pagando sus retenciones tal y como se registro en su momento.

es ahora cuando piensa que no lo va a devolver.

gracias

Re: CONDONACION PRESTAMO

Publicado: Sab, 07 Sep 2019, 08:20
por CARMENDAVE
hola Petrus, por la parte del socio supondria un ingreso a declarar en la renta del IRPF como ingreso no?

Re: CONDONACION PRESTAMO

Publicado: Sab, 07 Sep 2019, 18:57
por elchuske
Para la sociedad es un gastos no deducible que va contra patrimonio. Para el socio es un ingreso que tiene que declarar. Si el socio es trabajador se interpretara que es un incentivo, aunque sea una condonación , eso ya a criterio de hacienda, y llevara retención.