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NOMINAS DE SOCIOS, DEDUCIBLE?

Publicado: Vie, 13 Sep 2019, 12:56
por ALICIA
Buenos días
Tengo una sociedad limitada de 4 socios trabajadores no profesionales, cobrando una nómina como trabajadores con la retención correspondiente en tablas, la cuota de autónomo figura como retribución en especia con su retención.
el cargo de administración figura como gratuito.
Mi gran duda es si es correcto todo esto para poder deducirlo como gasto en el i.sociedades?

Me han comentado que se debe corregir los estatutos poniendo " cargo de administrador remunerado" y aprobar en junta un sueldo cada año pagando la retención correspondiente para no tener problema de que hacienda no considere gasto deducible el que ahora tenemos de las nóminas.

Me gustaría saber vuestra experta opinión para corregirlo en caso de no estar haciendolo correctamente.
gracias

Re: NOMINAS DE SOCIOS, DEDUCIBLE?

Publicado: Sab, 14 Sep 2019, 21:02
por Salva1974
Buenas Noches Alicia
Es lo que yo le recomiendo a mis clientes que cambien los estatutos y pongan como cargo retribuido el cargo de administrador, aunque sea que cobre una nomina al año de 1000 € como administrador y el resto de nominas por labores externas a su cargo de administrador , a la hora de una inspección de AEAT le puede llamar la atención que el cargo de administrador sea gratuito y que este cobrando una nomina de la empresa y puede ser que ese gasto no lo considere deducible al tener el cargo de administrador la consideración de gratuito.

Saludos

Re: NOMINAS DE SOCIOS, DEDUCIBLE?

Publicado: Lun, 16 Sep 2019, 09:52
por ALICIA
Muchas gracias por tu respuesta,
pero lo que yo no entiendo es que si el socio trabaja en la empresa y cobra por ello, la agencia tributaria pueda ponerlo en duda y no darte el gasto como deducible....

Re: NOMINAS DE SOCIOS, DEDUCIBLE?

Publicado: Lun, 16 Sep 2019, 20:43
por Salva1974
Buenas noches Alicia
El problema es que con la normativa que se estableció en el 2015 se modifico una serie de aspectos en la retribución de los administradores si en la empresa de la que estamos hablando el cargo de administrador es gratuito cobra un sueldo que tampoco esta aprobado en Junta , Hacienda puede interpretar que ese sueldo es una liberalidad , porque en los estatutos de la sociedad no específica que labor realiza a parte de la de administrador siendo ese cargo gratuito , es por ello que para estar cubierto es conveniente que en los estatutos se establezca la retribución de administrador como retribuida aunque fuese 1000 € anuales en concepto de asistencias a juntas firmas de cuentas anuales y labores propias como administrador , especificar también en los estatutos que labor realiza a parte de como administrador y aprobación en junta de su sueldo. Es un tema que es bastante interpretativo pero en mi opinión si se quiere estar tranquilo con la deducibildad del gasto de la nomina del administrador haría una division entre lo que cobra como administrador y realizando tareas ajenas de administrador y aprobaría su sueldo en junta también se ha de tener en cuenta el tema de la retención como sueldo de administrador es un 35 % 19% si la empresa factura menos de 100.000 € y la retencion por una nomina como autonomo realizando tareas profesionales

Espero que te haya servido de ayuda mi opinion

Saludos

Re: NOMINAS DE SOCIOS, DEDUCIBLE?

Publicado: Lun, 16 Sep 2019, 23:04
por elchuske
el puesto de administrador gratuito, y nomina por los servicios prestados con su retención. Lo demás es rizar el rizo y hacienda no te va a decir nada. Es correcto lo que estas haciendo. no te preocupes.

Re: NOMINAS DE SOCIOS, DEDUCIBLE?

Publicado: Mar, 17 Sep 2019, 10:05
por DATAK0N
Las fórmulas de remuneración del cargo del administrador, con respecto a su posible función laboral dentro de la empresa, además, pueden ser perfectamente compatibles. Es decir, puede sostener el cargo societario como administrador gratuito (si así se especifica en Escritura), y al mismo tiempo, en su función laboral, tener asignada una remuneración en concepto de nómina o como se quiera llamar, siendo ésta deducible en el Impuesto de Sociedades.

Así se especifica en la Reforma Fiscal 2015, Ley 31/2014 (4.12.14), sin oposición alguna entre si, a una y otra función, mediante la cual se reforma el art.217 de la Ley IS 27/2004 con respecto al cargo societario, y el art. 15 con respecto a los gastos deducibles en el IS, como asimismo, el art.27 del IRPF, con respecto a la posible remuneración por la función laboral. Una y otra, son compatibles e independientes entre si.

Los detalles de las modificaciones y otras resoluciones de la DGT, apoyando tal circunstancia, lo tengo recogido en mi página personal:

https://datakon.esforos.com/viewtopic.php?f=147&t=733

Re: NOMINAS DE SOCIOS, DEDUCIBLE?

Publicado: Mié, 18 Sep 2019, 13:44
por ALICIA
Muchas gracias por el enlace, de cualquier forma , aunque no se modifique el cargo gratuito del administrador, hay que aprobar en junta el sueldo como trabajador quizás? o hacerlo constar en alguna parte para cubrinos en salud ??

Re: NOMINAS DE SOCIOS, DEDUCIBLE?

Publicado: Jue, 19 Sep 2019, 09:41
por DATAK0N
Cuando menos y muy especialmente, siempre es recomendable que la Junta de Socios apruebe la remuneración del socio-administrador en tareas ajenas a su cargo societario, si éste no posee la mayoría societaria. La formalización de dicha remuneración puede ser la misma que ya se señala en el Estatuto de los Trabajadores.

No obstante, dado que se trata una SL formada por SOCIOS TRABAJADORES, no profesionales, seria conveniente que es lo que se especifica en la correspondiente Escritura de constitución, con respecto a las tareas de dirección, por si, en su caso, fuese aplicable, aparte o en su lugar, la normativa existente de Alta Dirección.