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Justificante recibí honorarios profesionales

Publicado: Vie, 06 Mar 2020, 14:24
por tgv97
Buenos días.
Una persona ajena a la empresa, que se solicitan sus servicios un día puntual, como factura nos quiere emitir un justificante de recibí de honorarios profesionales, desglosando base imponible e IRPF, ¿se puede admitir?¿Sería correcto ese desglose?
gracias.

Re: Justificante recibí honorarios profesionales

Publicado: Sab, 07 Mar 2020, 14:59
por Petrus
Este es un tema controvertido, muy tratado en los foros de opinión contable/fiscal y del que existen lagunas cara a una posible legalidad de procedimiento.
En principio , a bote pronto , podríamos decir que cualquier prestación de servicios remunerada exige un alta en el censo de actividades económicas y la repercusión del correspondiente IVA en su caso. No conozco ninguna figura legal para la prestación de servicios remunerados por un particular.
Dicho esto como respuesta más ortodoxa, oco margen de actuación se deja para aquellos que se encuentran en tal situación de prestar algún servicio esporádico de bajs remuneración.
Para entrar más en profundidad , se podría añadir :
ALTA DE AUTONOMOS.-
No es necesario cuando no existe habitualidad y los ingresos se encuentran por debajo del salario mínimo interprofesional a escala anual.
ESCENARIO FISCAL.- IVA-IRPF.-
Ser podría atribuir en términos de "asimilación" la permisibilidad que existe para la impartición de cursos de enseñanza esporádicos por particulares no dados en alta de actividad, los cuales son considerados rendimientos del Trabajo. Se puede emitir factura/recibo sin aplicación del IVA y practicándose una retención por IRPF. Dado por descontado que el "cliente" pagador de este servicio por el que demanda formal justificante, cuidará de ingresar dicha retención a Hacienda . El particular que ha cobrado el servicio deberá incluirlo en su declaración de renta como Ingresos del Trabajo y tener en cuenta la retención como ingresos a cuenta.
Valga pues para aproximación al tema y con todas las reservas.