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Crear Empresa Unipersonal Sin Alta Autonomo

FORO destinado a resolver dudas o plantear cuestiones sobre cualquier tema contable, estas serán resueltas por los propios usuarios de SuperContable.com según sus experiencias y por los expertos de RCR.
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David A.
Mensajes: 3
Registrado: Vie, 03 May 2019, 23:05
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Crear Empresa Unipersonal Sin Alta Autonomo

Mensaje por David A. »

Saludos, tengo la siguiente pregunta y no sé si en el foro de contabilidad es el lugar adecuado. He recibido una herencia compuesta por varios trasteros y un local comercial que quiero poner todos en alquiler. Quisiera realizar la gestión de dichos alquileres mediante una sociedad; pero no sé si creo dicha sociedad también tendría que darme de alta como autónomo por la gestión que yo haga de forma personal sobre ese patrimonio (la gestión de dicho patrimonio la haría como algo secundario a mi trabajo con contrato laboral). Entiendo que no, pero me surge la duda. Es posible que contratara a una persona tiempo parcial para llevar las cuestiones relativas a la gestión dichos alquileres, no sé si esto es relevante.
El único socio sería yo.

Por otra parte, si alquilo a empresas o profesional tendría que emitir las facturas con retención de IRPF pero si lo alquilo a particulares entiendo que solo con IVA, sin IRPF. ¿Verdad?

Gracias a todos. Un saludo.
elchuske
Mensajes: 951
Registrado: Mar, 06 Nov 2012, 23:39
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Re: Crear Empresa Unipersonal Sin Alta Autonomo

Mensaje por elchuske »

Esta es la típica conversación de cuñados: Puedes hacerlo a través de una sociedad siempre que el propietario de esos bienes sea la sociedad. Si son tuyos, tu seras el que los alquile.
Puedes traspasarlos a una sociedad de nueva creación, Pero eso lleva gastos. Ademas de las obligaciones fiscales, contables, y de cuentas anuales.
Te habrá dicho el cuñado que es mejor que lo hagas a través de una sociedad que te sale más barato y otras cosas, que los famosos lo hacen etc etc, Tu mismo.
Pero la sociedad cobrara los alquileres y tu te llevaras los beneficios, vía dividendos, 19% de retención y si es a traves de sueldo, pues la retención que te toque soportar de todas tus actividades laborales.
Si se lo alquilas a una sociedad u autonomo cobraras el IVA Y te autorretendras el 19% que sera un pago a cuenta del IS o de tu renta. A los particulares con el IVA es suficiente.
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