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Tributación de criptomonedas

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
Señor K
Mensajes: 1
Registrado: Jue, 03 Dic 2020, 21:07
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Tributación de criptomonedas

Mensaje por Señor K »

Tengo varias dudas referentes a la tributación de criptomonedas en España que creo que no han sido respondidas en otra parte, o al menos yo no he sido capaz de encontrar una respuesta clara y definitiva, y son las siguientes:

1 - ¿Cuando hay alteraciones patrimoniales "solo por criptomonedas" es obligatorio declararlo independientemente de la cantidad? ¿No se aplican los mínimos de 1.000€ ni 1.600€ que contempla Hacienda para ciertos casos?

2 - ¿Después de la aprobación de la nueva ley del 13 de Octubre te pueden sancionar por no haber declarado previamente tus criptomonedas cuando declares las alteraciones patrimoniales por las mismas?

3 - ¿Si realizo permutas este año, no presento la declaración, no realizo más permutas en, al menos, los próximos 4 años y después presento los registros de todos los movimientos de mis "exchanges" en mi declaración, incluyendo los de hace 4 años o más para justificar el precio de compra-venta de esas permutas, que cuadren las cuentas y se me cobren los impuestos que corresponda, Hacienda podría sancionarme por no haber presentado esa información en su momento o ya habría prescrito y no podrían sancionarme?

3.1 - En el mismo caso que en el ejemplo anterior, ¿qué ocurriría si hubiera presentado la declaración de ese año pero omitiendo las permutas y en la de 4 o más años después se dieran cuenta? ¿Se consideraría también como prescrito y solo se podrían usar esos datos con fines informativos o se me podría acusar de "falsedad documental", o algo similar, aunque yo mismo haya presentado todos los datos y esté dispuesto a pagar los impuestos correspondientes?

Un saludo
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