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CONTABILIZACION FACTURAS AÑOS ANTERIORES

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
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MIAUSI
Mensajes: 3
Registrado: Jue, 29 Nov 2012, 21:34
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CONTABILIZACION FACTURAS AÑOS ANTERIORES

Mensaje por MIAUSI »

Hola a todos

Necesito confirmar si es cierto que una empresa puede contabilizar facturas de años anteriores,hasta un máximo de cuatro hacia atrás y deducirse el IVA de las misma en el caso de que lo tuviera.

Quisiera tener la referencia legal o contable de dicha afirmación. Me parece un poco inverosímil, he de ahí la consulta.

saludos a todos y gracias.
DATAKON007
Mensajes: 3
Registrado: Jue, 06 Dic 2012, 11:17
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Re: CONTABILIZACION FACTURAS AÑOS ANTERIORES

Mensaje por DATAKON007 »

Hola:
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Art. 99.3:
El derecho a la deducción solo podrá ejercitarse en la declaración-liquidación relativa al periodo de liquidación en que su titular haya soportado las cuotas deducibles o en las de los sucesivos, siempre que no hubiera transcurrido el plazo de cuatro años, contados a partir del nacimiento del mencionado derecho.

Si quieres leer más:
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .html#a100
Mi nombre es KON, DATA_KON.
MIAUSI
Mensajes: 3
Registrado: Jue, 29 Nov 2012, 21:34
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Re: CONTABILIZACION FACTURAS AÑOS ANTERIORES

Mensaje por MIAUSI »

Ummm, no me queda claro...lo de desgravarse el iva durante un máximo de cuatro años lo entiendo, pero supongo que las facturas que dan lugar a ese iva estarán registradas previamente, es decir, contabilizadas...si se contabilizan facturas del 2009 en el año 2012 la mayoría de los modelos fiscales no serían conciliables, 347, 349,303..
JOSE MARIA
Mensajes: 1
Registrado: Mar, 05 Feb 2013, 14:12
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Re: CONTABILIZACION FACTURAS AÑOS ANTERIORES

Mensaje por JOSE MARIA »

Por supuesto que no cuadraran las declaraciones presentadas. Si tienes un requerimiento del 347 o del 390 puedes alegar que corresponde a una factura que has contabilizado en otro ejercicio. Recuerda que el gasto debes llevarlo a patrimonio neto.
Un saludo
FJLS
Mensajes: 6
Registrado: Lun, 19 Nov 2012, 23:23
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Re: CONTABILIZACION FACTURAS AÑOS ANTERIORES

Mensaje por FJLS »

En atención a lo expuesto en respuestas anteriores queda suficientemente claro que la factura de compra/gasto nos la podemos deducir en los cuatro años siguientes. En lo que a las liquidaciones o resúmenes anuales se refiere, se declararán las facturas en el ejercicio en que se hayan recibido y contabilizado. Con respecto al gasto, se puede imputar perfectamente también al ejercicio en el que se contabilice la factura sin problema alguno, siempre y cuando, de cara a cualquier requerimiento tengamos todo bien clarito y se justifique debidamente.
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