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SOCIEDAD LIMITADA LABORAL

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
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monica
Mensajes: 205
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 19:01
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SOCIEDAD LIMITADA LABORAL

Mensaje por monica »

Hola a tod@s,

se trata de una sociedad limitada laboral con 3 socios, ¿me podríais decir, por favor, si tienen que pagar autónomo los 3 socios?

gracias de antemano
supercontable
Mensajes: 168
Registrado: Jue, 30 Ago 2012, 13:49
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Re: SOCIEDAD LIMITADA LABORAL

Mensaje por supercontable »

Buenas tardes monica,

Los socios de una sociedad limitada laboral sólo deben incluirse en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos si su participación en el capital social junto con el de su cónyuge y parientes con los que conviva (hasta el 2º grado) supera el cincuenta por cien. Esto es así ya que por sí solo el socio de este tipo de sociedades como máximo puede poseer 1/3 del capital.

Así pues, si no se cumple esta condición, los socios de una sociedad laboral (tanto limitada como anónima) deben incluirse en el régimen general. En este punto hay que tener en cuenta que si los socios realizan funciones de dirección y gerencia de forma retribuida o si se encuentran vinculados a la misma mediante relación laboral de alta dirección deben acogerse al régimen general asimilado, es decir, con exclusión de la protección por desempleo y de la otorgada por el Fondo de Garantía Salarial.

Un saludo.
monica
Mensajes: 205
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 19:01
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Re: SOCIEDAD LIMITADA LABORAL

Mensaje por monica »

Muchas gracias por la respuesta,

los 3 socios son el marido, la mujer y una hija y no sé si los 3 tienen que estar dados de alta de autónomos.

un saludo
supercontable
Mensajes: 168
Registrado: Jue, 30 Ago 2012, 13:49
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Re: SOCIEDAD LIMITADA LABORAL

Mensaje por supercontable »

En ese caso tanto el marido como la mujer deben darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la hija depende de si convive con ellos o no. Si convive con los padres deberá darse de alta en autónomos y si no el régimen general.

Un saludo.
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