• AlertBienvenid@ al nuevo foro de SuperContable.com
    Le animamos a registrar su Usuario lo antes posible para tener reservado su nombre favorito. Pulse aquí para registrarse ahora.
    Con el fin de mejorar la experiencia de uso del Foro los usuarios invitados podrán leer todos los foros y mensajes pero no podrán postear nuevos temas ni responder a los temas planteados por otros usuarios registrados.
    Regístrese para tener acceso completo a todas las funcionalidades del Foro, es gratis. Att. El Staff de SuperContable.com

CONTABILIZAR RECOLUCION CONTRATO COMPRAVENTA INMUEBLE

FORO destinado a resolver dudas o plantear cuestiones sobre cualquier tema contable, estas serán resueltas por los propios usuarios de SuperContable.com según sus experiencias y por los expertos de RCR.
Responder
ANDIAZ
Mensajes: 2
Registrado: Jue, 24 Sep 2015, 12:46
Contactar:

CONTABILIZAR RECOLUCION CONTRATO COMPRAVENTA INMUEBLE

Mensaje por ANDIAZ »

En el año 2006 se firmó contrato privado de compraventa de un inmueble a pagar a plazos. Lamentablemente y debido a muchas circunstancias el comprador no ha hecho frente a ningún pago (excepto uno inicial en el momento de la firma del contrato privado). Finalmente se ha firmado en el 2015 un documento que resuelve el contrato de compraventa del año 2006. El vendedor tiene en la cuenta 132.0 Ajuste extrac. pago a plazos un importe en el haber y también en la cuenta 440.0 otra suma en el debe de la cantidad pendiente de pago por el comprador. ¿cómo debemos contabilizar esta resolución contractual y recuperación de la posesión del inmueble? Muchas gracias
Petrus
Mensajes: 1734
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 13:37
Contactar:

Re: CONTABILIZAR RECOLUCION CONTRATO COMPRAVENTA INMUEBLE

Mensaje por Petrus »

Parece evidente que dicha operación no llego a escriturarse, pero si que se contabilizó la venta del inmueble en fechas del 2006, o sea se generaron unos ingresos con baja de existencias del inmueble y un resultado supuestamente en beneficio.
Si ahora se ha resuelto el contrato supuestamente condonando la deuda comercial del comprador a cambio del retorno del inmueble, éste deberia darse en alta otra vez en Existencias ( variación existencias al cierre ejercicio) en contravalor del saldo pendiente de cobro en la ¿ 440 ?. ¿ Porqué no en la 430 ya que es una operación estricta de Clientes ?.
Por lo que respecta a este otra cantidad acreedpora que dices figura en una "132.0 Ajuste extrac. pago a plazos " me abstengo de opinar porque no resulta consecuente con el supuesto, salvo otras explicaciones de las que carecemos en la exposición del mismo .
Responder

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados

Las cookies permiten analizar su navegación en nuestro sitio para elaborar y mostrarte los contenidos más adecuados en cada momento. Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para seguir disfrutando de nuestro sitio web con todas las cookies, o haz clic en "Configuración de cookies" para gestionar tus preferencias. Utilizamos cookies propias y de terceros para más información haz click aquí.

Configuración de cookies Aceptar todas las cookies