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AMORTIZACION DE INMUEBLES

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MARMUMO
Mensajes: 92
Registrado: Mié, 20 Ene 2016, 17:53
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AMORTIZACION DE INMUEBLES

Mensaje por MARMUMO »

Buenas tardes,
Tengo que hacer unas amortizaciones de unos inmuebles que tenemos en alquiler y queria saber si la amortización es del 3% anual como he hecho en anteriores ejercicios o ha cambiado para este año.
gracias por vuestra colaboración.
Ponteunnickplis
Mensajes: 489
Registrado: Vie, 14 Dic 2012, 14:50
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Re: AMORTIZACION DE INMUEBLES

Mensaje por Ponteunnickplis »

Buenas tardes Marmumo.

Entiendo que hablas de edificios industriales y la respuesta es que si, que no ha habido cambios al respecto. Una preguntaÔǪ ¿Qué antigüedad tenía la finca cuando se adquirió?

Saludos.
MARMUMO
Mensajes: 92
Registrado: Mié, 20 Ene 2016, 17:53
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Re: AMORTIZACION DE INMUEBLES

Mensaje por MARMUMO »

Buenas tardes Ponteunnickplis,
gracias por tu constestación, NO son locales, son viviendas en alquiler, y la antigüedad son más de 30 años desde que se adquirieron.

Un saludo
Ponteunnickplis
Mensajes: 489
Registrado: Vie, 14 Dic 2012, 14:50
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Re: AMORTIZACION DE INMUEBLES

Mensaje por Ponteunnickplis »

Buenas tardes Marmumo.

El porcentaje de amortización para viviendas en las tablas antiguas y en las nuevas no era el 3% sino el 2%. Por otro lado si la finca tenía una antigüedad superior a 10 años cuando la adquiristeis podías haberlo tratado como un bien usado aplicando el duplo del coeficiente de amortización (4%). En vuestro caso habéis aplicado mal el porcentaje pero como entiendo que es un bien usado no tendréis problema.

Un saludo.
boo
Mensajes: 13
Registrado: Vie, 02 May 2014, 10:56
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Re: AMORTIZACION DE INMUEBLES

Mensaje por boo »

Hola!
Un apunte que no sé si es relevante en tu caso, o no, pero a tener en cuenta... con la nueva Ley del IS, tan solo serán compensables con bases imponibles positivas futuras, el 70% de las base imponible negativa (BIN) generadas en el periodo impositivo que se liquida (el 60% para al ejercicio 2016) del importe que sobrepase el millón de euros de BIN (articulo 26 de Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-12328).

Ej. sencillo:
Perdidas del ejercicio 2016: 1.100.000 ?
1.060.000 son compensables con beneficios futuros, sin limite de tiempo. Los 40.000 ? extras de perdidas no serán compensables.

Por lo tanto, entiendo que incrementar el coeficiente de amortización puede no servir para nada en algunos casos, o como mínimo, habría que pensar en las expectativas de futuro (para qué acortar el periodo de amortización del bien incrementando el coeficiente de amortización, y desperdiciar BINs vs. que pienso hacer con el edificio y cuando... por ej. venderlo en 5 años,10, ...)

La idea es sencilla, no se si sé hacerlo "entendible"...

Un saludo
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