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CONTABILIZAR APLAZAMIENTO MOD. 303

FORO destinado a resolver dudas o plantear cuestiones sobre cualquier tema contable, estas serán resueltas por los propios usuarios de SuperContable.com según sus experiencias y por los expertos de RCR.
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MAARIA

CONTABILIZAR APLAZAMIENTO MOD. 303

Mensaje por MAARIA »

Hola a todos,

aplazamos el modelo 303 de iva, ¿cómo tengo que contabilizar el importe del plazo y los intereses? ¿y después como lo tengo que hacer en el modelo de impuesto de sociedades el tema de los intereses?

gracias
Petrus
Mensajes: 1734
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 13:37
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Re: CONTABILIZAR APLAZAMIENTO MOD. 303

Mensaje por Petrus »

La cantidad aplazada de ingreso por el mod. 303 del IVA quedará haciendo saldo, a medida que se vaya cumpliendo los plazos de pago, dentro de la propia 4750-H.P. acreedora por IVA. Los intereses a pagar ,emanantes de dicho aplazamiento iran con c argo a la 669-Otros gastos financieros.
VICTORIA.

Re: CONTABILIZAR APLAZAMIENTO MOD. 303

Mensaje por VICTORIA. »

También se plantea este problema en mi empresa! Eso es sintoma de gripe empresarial!

Y así lo soluciono, pero me gustaría que hubiese una cuenta como la 465................para ir metiendo los saldos presentados
Para esperar la fecha de pago, dar de alta en cartera.
Alguna otra idea?
Un saludo
BRUJITABUENA
Mensajes: 6
Registrado: Jue, 22 Nov 2012, 17:56
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Re: CONTABILIZAR APLAZAMIENTO MOD. 303

Mensaje por BRUJITABUENA »

Es como te ha dicho Petrus. Vas minorando la deuda de la 475xxx y ya está. No hay que complicarlo más, es muy sencillo.

Saludos,
Estragón

Re: CONTABILIZAR APLAZAMIENTO MOD. 303

Mensaje por Estragón »

Así lo entiendo yo también.
VICTORIA.

Re: CONTABILIZAR APLAZAMIENTO MOD. 303

Mensaje por VICTORIA. »

Esa deuda que tenemos aplazada, la tenemos que provisionar en el cierre de año?
En caso que sea que si, me podriais decir como....... :(
Petrus
Mensajes: 1734
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 13:37
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Re: CONTABILIZAR APLAZAMIENTO MOD. 303

Mensaje por Petrus »

¿ Pero a qué deuda te estás refiriendo en tu concreto caso?
El presente "post" quedó abierto para el aplazamiento del mod. 303 del IVA, con lo que la deuda, tal como ya se ha comentado, queda reflejada en la propia 4750.
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