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CADUCIDAD PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
elrinche@hotmail.com
Mensajes: 1
Registrado: Jue, 14 Jul 2016, 18:18
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CADUCIDAD PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

Mensaje por elrinche@hotmail.com »

Necesito ayuda sobre este tema:
En el periodo 03/2015 se me olvida presentar el 340. En Julio 2015 me lo notifican y ese día lo presento y contesto al requerimiento no volviendo a tener noticias. Ahora en Julio del 2016 directamente me notifican propuesta de sanción.
Estoy un poco perdido pero ahora si no me equivoco, la Ley 39/2015 nos dice que la administración está obligada a resolver los expedientes en un plazo máximo de tres meses, si no hay otra norma que fije un plazo distinto.
Entiendo que como no han contestado a mi contestación de Julio del 2015, en Octubre del 2015 queda archivado el expediente. Ahora bien que pasa con la sanción. ¿Tiene la administración un plazo de tres meses para iniciar el procedimiento sancionador? o ¿dispone de cuatro años para su inicio y una vez iniciado tiene que estar resuelto en tres meses para evitar su archivo? No encuentro jurisprudencia, consultas, sentencias, comentarios ni nada que me ayude en la aclaración del plazo de caducidad en Castilla y León que es el caso, porque en alguna otra comunidad si he visto algo.
Agradecería cualquier ayuda o encauzamiento para resolverlo.
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