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USAR CASA COMO OFICINA

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
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ALFACON
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Registrado: Mié, 27 Ene 2016, 12:30
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USAR CASA COMO OFICINA

Mensaje por ALFACON »

BUENOS DIAS, VOY A COMPRAR UNA VIVIENDA Y EN DICHA VIVIENDA QUIERO USAR PARTE DE ELLA COMO OFICINA, PUEDO DEDUCIRME LA PARTE AFECTADA EN EL IRPF COMO GASTO Y DEDUCIRME EL IVA EN IRPF?, GRACIAS
oscarmc64
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Registrado: Mié, 07 Nov 2012, 08:53
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Re: USAR CASA COMO OFICINA

Mensaje por oscarmc64 »

Creo que si detalla un poco más lo que entiende por parte afectada o de qué quiere deducirse el IVA, se le entenderá mejor.
"Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro"
ALFACON
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Re: USAR CASA COMO OFICINA

Mensaje por ALFACON »

SOY AUTONOMO ME DEDICO AL TEMA DE REPARACION Y COLOCACION DE APARATOS DE FRIO Y CALOR, ME VOY A COMPRAR UNA CASA Y EN EL GARAGE DE ESTA VIVIENDA ME GUSTARIA PONER MI TALLER CON UNA PEQUEÑA OFICINA.
ME PODRIA DEDUCIR EL IVA Y EL GASTO EN EL IRPF DE LA PARTE DE LA VIVIENDA QUE DEDIQUE A TALLER Y OFICINA, GRACIAS Y PERDONAD POR LO ESCUETO DE MI ANTERIOR ENUNCIADO, UN SALUDO
oscarmc64
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Registrado: Mié, 07 Nov 2012, 08:53
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Re: USAR CASA COMO OFICINA

Mensaje por oscarmc64 »

Tradicionalmente, tanto la DGT como los órganos de comprobación de la AEAT han venido Admitiendo como deducibles en IRPF Los gastos asociados a la titularidad del inmueble, como puede ser el IBI, amortizaciones, seguro, Tasa de basura, seguro de responsabilidad civil de la vivienda, etc., los cuales pueden deducirse proporcionalmente a la parte de la vivienda afectada y a su porcentaje de titularidad en el inmueble. Es decir, en función de los metros cuadrados o superficie afectada a la actividad. Esto es así porque la normativa del Impuesto permite la afectación parcial de los elementos patrimoniales divisibles, siempre que la parte afectada sea susceptible de un aprovechamiento separado e independiente del resto.

Desde el punto de vista del IVA, la cuestión fundamental subrayada por la Dirección General de Tributos , en base a lo que expuesto en el artículo 95 de la LIVA, es la relativa a la afectación directa y exclusiva a la actividad profesional.
De este modo, la DGT, establece respecto de las cuotas soportadas con ocasión de la adquisición de un inmueble la deducción de las mismas en la medida en que tales cuotas correspondan al grado en que, previsiblemente y de acuerdo con criterios fundados, el inmueble vaya a ser utilizado en el desarrollo de su actividad profesional. Recordar que esta deducción gradual es una excepción al principio general de la afectación directa y exclusiva del artículo 95 Dos, de ahí que el apartado Tres comience con el sempiterno ÔÇ£No obstante lo dispuesto en los apartados anterioresÔÇØ.
El grado de utilización del inmueble se constituirá en una cuestión de hecho que la DGT admite determinar con la superficie de utilización, esta vez sí, exclusiva a la actividad profesional. No cabe por tanto que los metros cuadrados asignados a la actividad profesional puedan ser utilizados para otro fin.

Como, entiendo que soy un poco técnico en esta explicación, te invito a que consultes con un asesor de tu zona de influencia, no somos muy caros y seguro que te lo explican mejor que yo.

Un saludo.
"Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro"
ALFACON
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Registrado: Mié, 27 Ene 2016, 12:30
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Re: USAR CASA COMO OFICINA

Mensaje por ALFACON »

MUCHISIMAS GRACIAS, MUY BIEN EXPLICADO
oscarmc64
Mensajes: 358
Registrado: Mié, 07 Nov 2012, 08:53
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Re: USAR CASA COMO OFICINA

Mensaje por oscarmc64 »

De nada.
"Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro"
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