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IRPF por encima

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
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wrc
Mensajes: 1
Registrado: Vie, 21 Abr 2017, 13:17
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IRPF por encima

Mensaje por wrc »

Buenos dias, soy trabajadora eventual con duración menor de 1 año, por lo tanto me corresponderia un 2% de retención en el IRPF. En el mes de enero se me aplico una retención del 7% sin previo aviso, en el mes de febrero del 14% sin previo aviso, la paga extra de marzo una retención del 11% sin aviso tambien y en la nomina de marzo una retención del 14% sin previo aviso tambien.

En el ejercicio de 2016 se me aplico la retención correcta, un 2%. No entiendo porque este año se me vienen aplicando estas retenciones. Segun me a explicado la empresa de muy malas formas, es por el nuevo sistema informatico, llegando a echarle la culpa al propio informatico, ya que segun la empresa ellos lo han aplicado bien.
Me instaron a enviarles un correo electronico donde expusiera mi interes en que me aplicaran un 2% de retención, ya que si no, segun ellos, hacienda les pondria una multa, por no retener según tablas. No tienen para nada en cuenta que siendo eventual con duración menor de un año se debe poner un 2% a no ser que yo misma solicite mas porcentaje. Si fuera por tablas y si fuese trabajadora indefinida me corresponderia un 9%, en ningun caso 11 o 14.

Tras enviar ese mail tras la nomina de enero, como ta he comentado antes en febrero y demas siguio siendo erronea, por lo tanto mi solicitud no se tuvo en cuenta.
Tras realizar varias llamadas, ya que nunca conseguia contactar con la responsable, otra persona ajena me dijo que se me devolveria lo retenido de mas en la declaración. Legalmente no tengo la obligación de realizar dicha declaración, por lo tanto esas retenciones se quedan en tierra de nadie.

Me gustaria saber que hay de cierto en la version que me ofrece la empresa, al igual que si es legal que practiquen estas subidas sin previo aviso y sin base ninguna. Si es cierto que hay que dejar constancia de mi solicitud de que me retengan un 2% ¿es legal que hayan hecho caso omiso a mi solicitud?¿se pueden recuperar estas cuantias?

No se si es el lugar adecuado para estas consultas, pero la situacion ya cansa mucho, nos encontramos asi muchos empleados, y la empresa siempre esta dando largas, sin contestar a los mails, llamadas etc y echando balones fuera como echarle la culpa "al informatico".

Muchas gracias.
Un saludo
elchuske
Mensajes: 951
Registrado: Mar, 06 Nov 2012, 23:39
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Re: IRPF por encima

Mensaje por elchuske »

No se de donde te has sacado que a los contratos temporales hay que retenerles COMO MÁXIMO el 2%. Es al contrario, como mínimo el 2% .
Las continuas subidas que te han aplicado son totalmente legales, a medida que tu sueldo en computo anual crece se regularizan las retenciones. Y si la empresa no lo hiciera así la tocaría a ella pagar lo que se ha ingresado de menos sin perjuicio que pudiera reclamarte por la via de lo laboral. Es decir en el juzgado.
tu NO NO NO puedes decir lo que quieres que te retengan, Es hacienda el que dice lo que te tienen que retener .
Un caso. Pongamos que un señor o señora super cualificado, super todo lo del mundo trabaja solo un mes y cobra pongamos 50.000 euros y solo paga el 2%. Pongamos tu que trabajas todo el año y ganas 50.000 y te retinen el 10% mmm seria algo mas Como lo verías???.
Pues eso.
Maria-Grana
Mensajes: 34
Registrado: Mar, 12 Mar 2013, 10:58
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Re: IRPF por encima

Mensaje por Maria-Grana »

Buenos días
Solo una apreciación...
Tu NO estas obligada a hacer la declaración de la Renta, pero eso no quiere decir que no puedas hacerla.
Hazla y si te sale a devolver (lo que te han retenido) la presentas y si sale a pagar, no la presentes
CarlosAlamo
Mensajes: 3
Registrado: Sab, 06 May 2017, 11:46
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Re: IRPF por encima

Mensaje por CarlosAlamo »

Efectivamente intenta hacer la declaracion y posiblemente te devolveran todo el dinero que te han retenido.

saludos.


http://www.agenciatributaria.es/AEAT.in ... enta.shtml
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