• AlertBienvenid@ al nuevo foro de SuperContable.com
    Le animamos a registrar su Usuario lo antes posible para tener reservado su nombre favorito. Pulse aquí para registrarse ahora.
    Con el fin de mejorar la experiencia de uso del Foro los usuarios invitados podrán leer todos los foros y mensajes pero no podrán postear nuevos temas ni responder a los temas planteados por otros usuarios registrados.
    Regístrese para tener acceso completo a todas las funcionalidades del Foro, es gratis. Att. El Staff de SuperContable.com

venta local antigual

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
Responder
JAIMAK
Mensajes: 2
Registrado: Jue, 18 May 2017, 17:54
Contactar:

venta local antigual

Mensaje por JAIMAK »

Buenas tardes , tengo una duda respecto al Irpf de mi abuelo.

Compró con mi abuela en gananciales un local en 1966 por 9.369,77 euros ( millón y medio de pesetas).
En 1991 fallece mi abuela y en la herencia él renuncia a su derecho de usufructo pero se adjudica en pago de gananciales el local completo, en la escritura se valora en 38.651,08 ? (el total del inmueble),
Ahora en 2016 ha vendido el local.
Mi duda resulta de las fechas e importes de adquisición. Si él hubiese heredado la otra mitad del local en el fallecimiento de mi abuela tendría claro que hay dos fechas de adquisición y dos valores de adquisición de las diferentes mitades, pero al ser pago de sus gananciales me entra la duda de si la valoración y fecha se produce en 1966 por el local entero.
Me gustaría saber vuestra opinión.
Otro tema es el incremento de valor por la amortización deducida (el local ha estado alquilado desde 1984), cómo puedo calcularla? o hago una estimación ya que hacienda no creo que se meta en corregirme ese ajuste no? Muchas gracias y un saludo.
Marieta
Mensajes: 29
Registrado: Vie, 12 May 2017, 21:49
Contactar:

Re: venta local antigual

Mensaje por Marieta »

Tiene dos fechas de adquisición con dos precios.
La segunda mitad corresponde a la mitad de la valoración y ten en cuenta la parte proporcional de los gastos de adjudicación de herencia.
Responder

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 9 invitados

Las cookies permiten analizar su navegación en nuestro sitio para elaborar y mostrarte los contenidos más adecuados en cada momento. Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para seguir disfrutando de nuestro sitio web con todas las cookies, o haz clic en "Configuración de cookies" para gestionar tus preferencias. Utilizamos cookies propias y de terceros para más información haz click aquí.

Configuración de cookies Aceptar todas las cookies