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REPARTO DE BENEFICIOS

Publicado: Mié, 23 Ene 2013, 22:20
por Paula07
Hola muy buenas tardes.

Os explico un poco la situación a ver si alguién me puede ayudar en el tema. Una entidad sin animo de lucro es propietaria al 100% de un Centro Especial de Empleo (que es una empresa mercantil), dicha empresa mercantil da beneficios y quiere repartirlo a su socia única. El reparto está acogido a retención? aunque sea destinado a una entidad sin ánimo de lucro. Es decir la entidad sin ánimo de lucro cuando reciba X cantidad tiene que abonar el 21% IRPF a hacienda?.

Por otro lado, como se reflejaría contablemente, en ambas entidades. Por otro lado entiendo que habrá que recogerlo en acta de la sociedad mercantil.
Gracias

Re: REPARTO DE BENEFICIOS

Publicado: Mié, 23 Ene 2013, 22:43
por elchuske
efectivamente lleva retencion . Hacienda emite un certificado dirigido a los bancos por lo que exime a determinadas entidades no realizar retencion, si lo consigues pues no se hace, pero es dificil.
La mercantil recogera en la junta general el reparto de beneficios y efectuara la retencion con abono a hacienda en el 123 creo y el resto a la entidad sin animo de lucro. esta contabilizara por el total de los intereses y pedira a hacienda la devolucion de la retencion .