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ERROR 347 URGENTe

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CONT
Mensajes: 3
Registrado: Lun, 18 Feb 2013, 17:58
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ERROR 347 URGENTe

Mensaje por CONT »

Hola a todos,

soy autónomo y el 347 trimestral no cuadra con uno de mis clientes. Él dice que lo va a presentar tal y como lo tiene, aunque va a dar error en los trimestres, no en el total anual.

Que tipo de sanción lleva este hecho?

Muchas gracias
Petrus
Mensajes: 1734
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 13:37
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Re: ERROR 347 URGENTe

Mensaje por Petrus »

Tranquilo, a partir del pasado año ya no es necesario la exacta coincidencia de los mutuos datos de operaciones a declarar en el mod. 347. Los datos a declarar serán los que consten en el periodo en que han sido registradas sus facturas y como sea que las facturas ( en este caso de Proveedores) se registran a medida que se reciben, el desplazamiento entre periodos queda normalizado; por tanto , cuando en tu caso el desplazamiento lo será entre los bloques trimestrales,aun menos preocupación.
Petrus
Mensajes: 1734
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 13:37
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Re: ERROR 347 URGENTe

Mensaje por Petrus »

Continuando........ Otra cosa seria que el desplazamiento en tu caso lo fuese por facturas de ventas por ti emitidas y que hubieras declarado en periodo posterior a la fecha de factura. No se si es éste el caso por el que temes .....
CONT
Mensajes: 3
Registrado: Lun, 18 Feb 2013, 17:58
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Re: ERROR 347 URGENTe

Mensaje por CONT »

Hola Petrus,

sí, el error es por facturas emitidas por mi. Yo las emití en el primer trimestre. Emití un abono que el cliente no recibió y las ha declarado en el primero cuando yo lo haré en el segundo.

Que puedes pasar ? Puede dar inspección? Hablamos de un importe de iva de unos 450 euros.

Muchas gracias
j.r.
Mensajes: 21
Registrado: Dom, 25 Nov 2012, 20:00
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Re: ERROR 347 URGENTe

Mensaje por j.r. »

Si tu cliente declara en el 1ºT, tú deberias declarar tambien en el 1º por si acaso, las facturas emitidas hay que declararlas en su trimestre correspondiente (por eso nació el 347 trimestral, porque en muchos casos se deducia el iva de una factura antes de que la otra empresa lo ingresara). Si tienes margen de maniobra con el IVA repercutido mételo en el 1º.
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