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AJUSTE SECUNDARIO

Publicado: Jue, 09 May 2013, 10:42
por ghernande109
Como consecuencia de una Inspección de Hacienda efectuada a una Sociedad Profesional con motivo de operaciones vinculadas, se ha efectuado una imputación al socio del 85% del beneficio, pagándose las liquidaciones correspondientes con intereses (gracias a Dios no ha habido sanción). El pago de la liquidación del socio se ha efectuado con fondos de la sociedad. Por el juego del ajuste secundario, se debe imputar a los Fondos Propios de la Sociedad.

Planteo las siguientes cuestiones:

1.- Contabilización del ajuste primario.

2.- Contabilización del ajuste secundario

3.- ¿Puede el socio disponer de esos Fondos Propios sin pago de Impuestos?, o ¿habría que distribuirlos vía dividendos? ¿lo más conveniente sería hacer un aumento de capital con cargo a los Fondos Propios y posterior reducción de capital con restitución de aportaciones?



Muchas gracias