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Recuperación IVA

Publicado: Lun, 26 Ago 2013, 11:58
por Maribel2
Buenos días
Sobre la recuperación del IVA en concurso de acreedores, tengo la duda de como emitir la factura rectificativa y a donde debo remitirla

He mirado información en varias páginas diferentes y he llamado a Hacienda y me comentan lo contrario.
Que debo emitir la factura rectificativa igual pero en signo negativo, que no implica el perdón de la deuda
Es correcto?

Debo emitirla al cliente o dirigirla al administrador del concurso ?

Gracias
Maribel

Re: Recuperación IVA

Publicado: Lun, 26 Ago 2013, 14:47
por Petrus
Premisas condicionantes:
Actualmente para poder pedir la devolución de un IVA ya ingresado, tienes que cumplirse varios requisitos:
1.-si tu empresa factura menos de 6 millones de euros, tiene que haber transcurrido seis meses desde el vencimiento de la dueda.
2.- reclamar la deuda por vía judicial o con requerimiento notarial.
3.- hacer factura rectificativa en un plazo de 3 meses siguientes al plazo del punto 1.
4.- Enviar la rectifictiva al cliente ( mejor acuse recibo, para tener justificación del envio).
5.- tienes 1mes desde la fecha de la factura rectificativa para enviarle a hacienda la solicitud, la copia de la reclamación judicial y la factura rectificativa.

Però si tu cliente esta en concurso tienes el plazo de 1 mes desde la publicación en el B.O.E del concurso de acreedores.

Emitir factura rectificativa:

Esta factura debe incluir los siguientes datos:
1. Concepto: Anulación de la cuota de IVA de la factura nº XXX de fecha dd/mm/aaaa, al
amparo del Artº 80 de la Ley de I.V.A. vigente.
2. Base Imponible = 0 euros.
3. Importe del IVA negativo correspondiente a la factura mencionada.
Ejemplo factura Rectificativa:

Factura Impagada Original
Cliente: Razón Social Cliente.
CIF: X0000000
Nº: 725 Fecha: 25/05/2002
Concepto:  el que proceda 
Base Imponible 100 ?
IVA (16%) 16 ?
Total Factura 116 ?

Factura Rectificativa
Cliente: Razón Social Cliente.
CIF: X0000000
Serie Especial
Nº: 1 Fecha: 30/06/2004
Concepto:
Anulación de la cuota de IVA de la factura
nº 725 de fecha 25/02/2004, al amparo
del Artº 80 de la Ley de I.V.A. vigente
Base Imponible 0 ?
IVA (16%) -16 ?
Total Factura -16 ?

Re: Recuperación IVA

Publicado: Mar, 27 Ago 2013, 09:55
por Maribel2
Muchas gracias Petrus