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monica

Publicado: Lun, 10 Nov 2014, 19:21
por monica
Hola a todos,

se trata de una sociedad limitada en la que hay un presidente, una secretaria y un consejero delegado.
El consejero delegado le presta dinero a la sociedad, ¿este le puede cobrar intereses a la sociedad?

si le puede cobrar, ¿a que interés?
¿y tendría que hacer una factura o con un recibo es suficiente?

gracias de antemano

un saludo

Re: monica

Publicado: Lun, 10 Nov 2014, 19:56
por Petrus
No tan solo puede , sino que en buena lógica, debe cobrar intereses. El préstamo debe quedar amparado por formal contrato con detalle de plazo ,vencimientos, interés, etc. Con pago intereses y retención por IRPF por parte de la empresa. El tipo de interés pues el del mercado. Un interés demasiado bajo podría mal interpretarse por parte de Hacienda.Los pagos documentados en suficiencia con recibo.