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deudas incobrables

Publicado: Jue, 20 Nov 2014, 13:53
por mariajo
buenos dias, tengo en el balance a una sociedad al que se le prestó un dinero 70.000? hace años, el año pasado se le reclamo parte de la deuda y se hizo un documento firmado ante notario que la dabamos seis meses de plazo para su devolucion.
el caso que no nos ha devuelto el dinero y yo le tengo en la cuenta 2950000 deudas incobrables, ahora se que no le va a ser posible devolverme el dinero.
que debo hacer ahora ¿?

Re: deudas incobrables

Publicado: Jue, 20 Nov 2014, 19:56
por Petrus
Bueno, la 295 es la cuenta de la provisión por el deterioro de créditos con partes vinculadas, aunque puedo suponer que no se trate de una vinculada, siendo entonces la cuenta adecuada la 298. En cualquier caso si irremisiblemente el crédito lo consideráis de imposible recuperación, toca pasarlo definitivamente a pérdidas con cargo a la 667.
Debe: 70.000 (667)
Haber: 70.000 (242)/(252)
Previamente deberás desmontar la provisión en base a:
Debe: 70.000 (295) o (298)
Haber: 70.000 (797)

Re: deudas incobrables

Publicado: Vie, 21 Nov 2014, 11:18
por mariajo
pues si, la deuda proviene de una empresa vinculada, imagino el tratamiento sera el mismo a la hora de contabilizar deuda incobrable.

Re: deudas incobrables

Publicado: Vie, 21 Nov 2014, 14:48
por Petrus
Pues si, usando las cuentas habituadas para las vinculadas en el Plan de Cuentas.