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tributación rentas generadas via inversión en acciones

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
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OTERO4
Mensajes: 1
Registrado: Sab, 28 Feb 2015, 17:39
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tributación rentas generadas via inversión en acciones

Mensaje por OTERO4 »

Hola, tengo una duda respecto a la tributación de unas rentas generadas mediante la inversión en acciones. Soy una persona física. La situación es la siguiente: Dispongo de cierta cantidad de dinero ahorrado, la cual he puesto a disposición de un gestor, con el mandato de invertirlo en la compraventa de acciones de empresas de cualquier parte del mundo. No se trata de un fondo de inversión y por tanto está exento de las ventajas y beneficios de estos fondos. Esta actividad me produce, algunos años rentas positivas y otros años rentas negativas. Mis dudas son:
1- como considerar estas rentas: como renta anual, que incrementa la base imponible general, o como variacion de patrimonio, que incrementa la base imponible del ahorro.
2- en el caso de los años que obtengo rentas negativas, como tributo por ellas ? Tal vez reduzcan la base imponible, en todo o en parte ?
3- en que apartado de la declaracion por IRPF, debo de incluir estos rendimientos, que tipo de conceptos, relacionados con la gestión o inversión, son deducibles, y que datos necesito obtener del gestor o de la inversión para ser incluidos en la declaracion anual por IRPF.
Agradezco su atención y espero que me ayuden a resolver estas dudas. atte, saluda: manuel pena.
nachet
Mensajes: 153
Registrado: Jue, 19 Feb 2015, 21:15
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Re: tributación rentas generadas via inversión en acciones

Mensaje por nachet »

La fiscalidad de las acciones a largo plazo en el IRPF (más de un año)

Laas acciones mantenidas en cartera por un período superior a un año de duración, tributarán como ganancias patrimoniales dentro de la base imponible del ahorro. El tipo de gravamen para calcular la cuota íntegra del ahorro dependerá de la cuantía de las ganancias patrimoniales:
Ôù¥21%, hasta 6.000 euros anuales
Ôù¥25%, entre los 6.001 y los 24.000 euros anuales
Ôù¥27%, más de 24.000 euros anuales
La fiscalidad de las acciones a corto plazo en el IRPF (menos de un año)

Las ganancias patrimoniales por la compraventa de acciones a corto plazo ya no entran dentro de la base imponible del ahorro, sino que ahora forman parte de la base imponible general.

Cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial

La ganancia o pérdida patrimonial se calcula restando el coste de adquisición (precio de adquisición ÔÇô comisión de compra) al coste de la venta (precio de venta ÔÇô comisión de venta). A este resultado le podemos restar los gastos de comisión y custodia de nuestro bróker.

En el caso de vender acciones compradas en diferentes períodos de tiempo, impera en criterio FIFO (First In, First Out), es decir, que la ganancia o pérdida patrimonial se calcula como si las acciones que vendemos primero son las que compramos primero
Ahora que ya sabes que una operación te puede dar ganancias o pérdidas y cómo se denominan éstas, llega el momento de contarte el secreto de la fiscalidad de las acciones: sólo pagarás impuestos por los beneficios totales. Pérdidas y ganancias se integrarán ente ellas de tal forma que si has ganado 1.000 euros por tus operaciones exitosas pero has perdido 500 euros en otras donde no acertaste, sólo computará la diferencia y sólo tributarás en el IRPF por 500 euros. Además, los tipos del ahorro ni siquiera se aplicarán sobre estos 500 euros, sino que se integrarán con el resto de inversiones, tanto en bolsa como en fondos o con ETfs, por poner dos ejemplos.

Esto es valido para el 2014 a partir de 2015, esta distinción se elimina y todas las ganancias y pérdidas patrimoniales tributarán en la base imponible del ahorro y a un tipo menor.
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