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AMORTIZACIÓN

Publicado: Vie, 24 Abr 2015, 08:23
por veronica2838
Buenos días;

Mi jefe esta construyendo unas oficinas durante este periodo me esta trayendo varias facturas relacionados con ello, pues bien mi duda es ¿cuando tengo que amortizarlo?¿cuando ya este por completo terminado y se le empiece a dar su uso?
Ya que a la hora de amortizarlo yo lo llevaría a la cuenta 211.

Gracias.

Re: AMORTIZACIÓN

Publicado: Vie, 24 Abr 2015, 09:53
por supercontable
Buenos días veronica2838,

Mientras el inmovilizado no esté en condiciones de funcionamiento no debemos amortizarlo, recurriendo a la cuenta 231 (construcciones en curso) para proceder a su contabilización.

Durante este periodo en que el activo está en curso, debemos imputar los gastos incurridos para su total puesta a disposición como un mayor importe del valor del inmovilizado, procediendo a su activación mediante el abono a la cuenta 733 (trabajos realizados para el inmovilizado material en curso).

En el momento en que estén en plenas condiciones de funcionar se pasará el saldo de la cuenta 231 a la 211 (construcciones) y ya entonces sí se tiene que amortizar.

Un saludo.