Página 1 de 1

Duda con REBU e Internet

Publicado: Lun, 27 Abr 2015, 17:31
por Homie-G
Hola, tengo una duda muy básica cuya respuesta no encuentro por ninguna parte. Espero que me la podáis resolver.

Tengo entendido que Regimen de Bienes Usados (o REBU) es necesario tener un justificante firmado de cada compra que realicemos para su posterior reventa. Mi duda es: ¿qué ocurre cuando realizamos la compra a un particular por internet (en eBay por ejemplo) y no podemos obtener ese justificante?

Gracias.

Re: Duda con REBU e Internet

Publicado: Lun, 27 Abr 2015, 19:21
por supercontable
Buenas tardes Homie-G,

Así es, en las compras a quienes no tengan la condición de empresarios o profesionales, el revendedor deberá expedir un documento de compra que deberá ser firmado por el transmitente. En el caso que expones de compras realizadas a través de Internet una solución sería ponerte en contacto previamente con el vendedor, ya sea por teléfono, correo electrónico o el propio medio de comunicación que disponga la página web, para que junto con el bien comprado te envíe el documento firmado.

Piensa que el incumplimiento de las obligaciones formales y de facturación puede acarrear sanciones pecuniarias entre el 1% y el 4% del importe de la operación, luego es importante buscar la forma de poder realizarlas.

Un saludo.

Re: Duda con REBU e Internet

Publicado: Lun, 27 Abr 2015, 19:31
por Homie-G
Muchas gracias por constestar, supercontable. El problema que veo es que a un usuario particular que no está habituado a la compra-venta y que simplemente vende algo que le sobra por casa, le puede resultar un tanto violento, o al menos extraño, que le pida un documento con el importe de la venta y su firma. A mí al menos, que he comprado multitud de cosas usadas por internet, jamás nadie me ha hecho semejante petición.

¿No existiría alguna otra forma de cumplir con dicha obligación formal? ¿Emitir una autofactura quizás?

Re: Duda con REBU e Internet

Publicado: Mar, 28 Abr 2015, 12:20
por supercontable
Buenos días Homie-G,

Puedes emitir autofactura pero igualmente tendría que estar firmada por el vendedor particular. Podrías saltarte esta obligación formal pero recuerda que ante una inspección o cualquier solicitud de la administración de la documentación obligatoria a aportar pueden pedirte responsabilidades por la falta de ella como te comenté en el mensaje anterior.

Un saludo.

Re: Duda con REBU e Internet

Publicado: Mar, 28 Abr 2015, 13:02
por Homie-G
Claro, además imagino que si estoy en REBU y no justifico la compra luego tendré que pagar el IVA del precio completo de la venta ¿verdad? Es decir, si compro a 5 y vendo a 10 tendría que pagar el 21% de 10 ? al no poder declarar cuál fue el precio de la adquisición.

¿No habría por tanto ninguna forma de ejercer este tipo de actividad de manera legal? El caso es que yo a veces he vendido cosas a revendedores dados de alta como autónomos y nunca me pidieron un justificante firmado. Imagino que debe haber algún sistema que no conozco...

Re: Duda con REBU e Internet

Publicado: Mié, 29 Abr 2015, 09:53
por supercontable
Buenos días Homie-G,

La actividad es legal siempre que la declares, independientemente de cumplir con la obligación formal de obtener la firma del particular. En tu mano está, igual que en el ejemplo que comentas, realizar o no todas las obligaciones exigidas por la ley.

A la hora de la verdad el revendedor es el que decide si le compensa saltarse alguna por el coste que pueda acarrear, teniendo en cuenta la mayor o menor posibilidad de ser sancionado por ello en caso de inspección.

Un saludo.

Re: Duda con REBU e Internet

Publicado: Mié, 29 Abr 2015, 19:11
por Homie-G
OK. Gracias nuevamente. Y ya por último, ¿me podrías confirmar cuánto tendría que pagar en concepto de IVA si compro un artículo por 5 ?, lo vendo a 10 ? y no tengo dicho justificante de la compra? Imagino que tendría que pagar el 21% de los 10 ? íntegros (o sea, 2,1 ?) ¿verdad?

Re: Duda con REBU e Internet

Publicado: Lun, 04 May 2015, 11:54
por supercontable
Buenos días Homie-G,

puedes seguir utilizando el método de cálculo aplicable al REBU, es decir, sobre el margen de beneficio (10-5=5? y 21%s/5=1,05?). Además si la compra es online siempre quedará registrado el precio efectivamente pagado en la adquisición. Pero si sigues con las dudas por no obtener la firma del particular, como la aplicación del método del margen de beneficio es voluntaria, puedes aplicar el régimen general y entonces sería tal cual has dicho.

Un saludo.

Re: Duda con REBU e Internet

Publicado: Vie, 09 Feb 2018, 09:51
por b.c
Respecto al Régimen especial de bienes Usados, el epígrafe del alta es el 654.1 Com.Men.Vehículos terrestres).
¿A la compra del vehículo usado se le aplica IVA?
¿Se contabiliza la compra en 600?
¿Sobre qué base se aplica el IVA repercutido?
Muchas gracias.
b.c