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DERECHOS DE TRASPASO

Publicado: Mié, 07 Nov 2012, 11:19
por ESG71
Buenos dias a Todos, tengo una pequeña duda-

Me han pasado una contabilidad, que los derechos de traspaso de un BAR los han contabilizado en una cuenta 623 con su IVA correspondiente.
¿Esto puede ser correcto?, yo siempre los he contabilizado en una cuenta 205 y lo he ido amortizando 10% anual.

Muchas gracias.

Re: DERECHOS DE TRASPASO

Publicado: Mié, 07 Nov 2012, 15:41
por oscarmc64
Buenas Tardes.

Yo tambien utilizaría la cuenta 205. En cuanto a la amortizacion, ya veo que aplicas la amortizacion fiscal. Lo unico, ¿duracion del contrato?.

Re: DERECHOS DE TRASPASO

Publicado: Mié, 07 Nov 2012, 18:02
por JuanPedro
La amortización la puedes calcular en función de variables, muchas veces en el traspaso está incluido inmovilizado y detallado en el propio contrato de traspaso.

Deberías por un lado separar lo que realmente es fondo de comercio y amortizarlo con la duración y el resto según las tablas oficiales para ese inmovizado, es mi opinión claro.

Un saludo