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BAJA COMUNIDAD DE BIENES

Publicado: Mié, 11 Nov 2015, 18:57
por pahvicente
Buenas tardes al foro.
El 30 de Junio de 2015, dimos de baja en Hacienda y posteriormente en la Seguridad Social nuestra comunidad de bienes, pero el 3º trimestre declaramos algunas facturas recibidas de luz y teléfono correspondientes al mes de Junio.
Los socios dejamos abierta una cuenta bancaria porque nos debe de devolver Hacienda en 2016 liquidaciones de IVA a nuestro favor y una vez devueltas, procederemos a cancelar la cuenta.
Si todo este proceso es correcto y legal, como así esperamos.
Debemos de dar de baja la comunidad de Bienes en la Junta de nuestra comunidad Autónoma?
Nos faltaría alguna gestión más que hacer para la extinción definitiva?

Un saludo cordial.