• AlertBienvenid@ al nuevo foro de SuperContable.com
    Le animamos a registrar su Usuario lo antes posible para tener reservado su nombre favorito. Pulse aquí para registrarse ahora.
    Con el fin de mejorar la experiencia de uso del Foro los usuarios invitados podrán leer todos los foros y mensajes pero no podrán postear nuevos temas ni responder a los temas planteados por otros usuarios registrados.
    Regístrese para tener acceso completo a todas las funcionalidades del Foro, es gratis. Att. El Staff de SuperContable.com

Modelo 184

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
Responder
DAVID
Mensajes: 10
Registrado: Mié, 23 Sep 2015, 13:09
Contactar:

Modelo 184

Mensaje por DAVID »

Buenas tardes Compañeros,
Es la primera vez que tengo que presentar el modelo 184 y ando un poco perdido a la ahora de reflejar las reducciones a cada socio de la sociedad Civil. Según puedo entender al leer el articulo 32 de La ley, se le aplica una reducción de 2.000? cantidad que se puede ver incrementada si tienes un rendimiento menor de 2000?. Sería así? En caso de que esta actividad la comenzaran en Abril esa deducción habría que prorratearla por los días desde que se dio de alta la sociedad?
La verdad es que no hay mucha información sobre dicho modelo y estoy un poco atascado.
Saludos y gracias
supercontable
Mensajes: 168
Registrado: Jue, 30 Ago 2012, 13:49
Contactar:

Re: Modelo 184

Mensaje por supercontable »

Buenas tardes DAVID,

Me temo que la reducción que comentas, regulada en el artículo 32.2.1º de la Ley 35/2006 del IRPF, no es de aplicación para los miembros de entidades en régimen de atribución de rentas, conforme marca el apartado 2º.g) de este mismo artículo. Por tanto, tal reducción no hay que consignarla en el modelo 184.

En cuanto a la información existente sobre este modelo lo mejor es guiarse por el anexo de la orden que lo aprueba, en este caso, la Orden HAP/2250/2015, de 23 de octubre: http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-11596

Un saludo.
DAVID
Mensajes: 10
Registrado: Mié, 23 Sep 2015, 13:09
Contactar:

Re: Modelo 184

Mensaje por DAVID »

Lo primero muchas gracias por la respuesta y por el enlace,
efectivamente no entraría en ese grupo pero sí que se podría acoger a las reducciones del apartado 3º, lo que no sé es si habría que prorratearlo por el tiempo que haya estado dado de alta durante el año, o son valores anuales absolutos.

Saludos,
supercontable
Mensajes: 168
Registrado: Jue, 30 Ago 2012, 13:49
Contactar:

Re: Modelo 184

Mensaje por supercontable »

Considero que son valores absolutos que no deben prorratearse en función del tiempo que se haya sido socio.

Un saludo.
Responder

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados

Las cookies permiten analizar su navegación en nuestro sitio para elaborar y mostrarte los contenidos más adecuados en cada momento. Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para seguir disfrutando de nuestro sitio web con todas las cookies, o haz clic en "Configuración de cookies" para gestionar tus preferencias. Utilizamos cookies propias y de terceros para más información haz click aquí.

Configuración de cookies Aceptar todas las cookies