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IVA EN VEHICULOS PARA DESGUACE

Publicado: Dom, 25 Sep 2016, 13:27
por JUAN SANCHEZ
Buenos días:

Mi empresa se dedica a la compra-venta de vehículos .En alguna ocasión se ha tomado un vehículo por valor de 0 euros y se ha vendido a un C.A.T. (Desguace autorizado para reciclar y achatarrar vehículos).
La duda está en el tipo de IVA que debo repercutir en la venta.

Al comprar por 0 ? y venderlo por 100 ?, debo aplicar el Régimen de Bienes Usados, que tributa por el beneficio? o por el contrario como es un vehículo para chatarra, la factura está exenta de IVA?.

He estado leyendo en foros y consultas de la Agencia, pero no me ha quedado nada claro.

Espero que me podáis ayudar.

Un saludo.

Re: IVA EN VEHICULOS PARA DESGUACE

Publicado: Mié, 28 Sep 2016, 16:57
por supercontable
Buenas tardes JUAN SANCHEZ,

Depende del estado del vehículo. Si el vehículo tiene la consideración de chatarra por ser definitivamente inutilizable, el sujeto pasivo será el Centro Autorizado de desguace por lo que deberás hacer la factura sin IVA. Si por el contrario el vehículo se vende en un estado distinto al mencionado, aunque vaya a ser objeto de desguace, no se aplicará la inversión del sujeto pasivo por lo que deberás facturarle como si de cualquier otro cliente se tratase, ya sea aplicando el régimen especial de bienes usado o el general.

Fuente: http://petete.minhap.gob.es/consultas/? ... a=V1201-11

Un saludo.