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IVA ALQUILER MAQUINARIA AGRICOLA

Publicado: Mar, 22 Nov 2016, 14:55
por Tate
hola a todos

tengo una empresa s.l. que se dedica a prestar servicios
a los agricultores, cooperativas, etc.

tiene la necesidad de alquilar su maquinaria agrícola
en este caso a otra sociedad agrícola.

mi pregunta es la siguiente.

al emitir la fra. correspondiente por el concepto de
alquiler y aplicar el iva correspondiente (21%).
¿hay que aplicar retención (19%) según Aeat si
hay que aplicarle, pero no lo tengo muy claro.

Saludos.

Re: IVA ALQUILER MAQUINARIA AGRICOLA

Publicado: Mar, 22 Nov 2016, 16:36
por oscarmc64
Mire, El Artículo 60 RIS, Indica :

Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta

1. Deberá practicarse retención, en concepto de pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al perceptor, respecto de:

ÔÇó a) Las rentas derivadas de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, de la cesión a terceros de capitales propios y las restantes rentas comprendidas en el artículo 25 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

El artículo 25 de la Ley 35/2006, determina cuáles son los rendimientos íntegros del capital mobiliario en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
Tendrán la consideración de rendimientos íntegros del capital mobiliario los siguientes:
(...)
4. Otros rendimientos del capital mobiliario.
Quedan incluidos en este apartado, entre otros, los siguientes rendimientos, dinerarios o en especie:
(...)
c) Los procedentes del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, así como los procedentes del subarrendamiento percibidos por el subarrendador, que no constituyan actividades económicas.

En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, el arrendatario de un bien mueble no deberá practicar retención respecto a los pagos que realice al arrendador por dicho concepto, si éste último manifiesta y prueba que dicho arrendamiento lo realiza en el marco de una actividad económica en los términos indicados en el artículo 25.1 del TRLIRPF.

Es decir, si el alquiler de la maquinaria agrícola se realiza en el marco de una actividad económica no lleva retención, si el alquiler se realiza fuera de ese marco, lleva retención.

Re: IVA ALQUILER MAQUINARIA AGRICOLA

Publicado: Mar, 22 Nov 2016, 18:01
por Tate
OK.

Creo que lo tengo claro el arrendador esta dentro de su
actividad, la sociedad esta dada de alta para poder
alquilar su maquinaria agrícola o sea que entra dentro
de su actividad entre otras actividades

saludos y gracias por todo.