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Reserva de Capitalizacion

Publicado: Sab, 21 Ene 2017, 11:22
por RJAA
Quisiera consultar los apuntes contables al cierre del ejercicio 2016 según lo siguiente:
En el ejercicio 2015 nos reducimos de la Base Imponible 5.398,44.- que era el 10% de la Base imponible previa, en
concepto de Reserva de Capitalización, aunque la Reserva se crea por el Importe de 8.186,4.- que era el 10% del Incremento de los fondos propios, creando el Asiento en la 4742 por importe de 697,11 (25% de los 2788,44, que no
podíamos deducirnos), pues Bien:
En el ejercicio 2016 el Incremento de los Fondos Propios son (10%) 19.253,37.- e y la base imponible previa de 206.777,27 euros por lo que el 10% sería 20.677,73 e.
Es aquí donde le he dado muchas vueltas a la cabeza y me he liado, si puedo deducir solo 19.253,37 ó éste importe y el resto del ejercicio anterior ó el importe del ejercicio anterior y restar hasta llegar a los 19.253,37?????
No se ?
Si me pueden ayudar a aclararme y ver que asientos, teniendo en cuenta el del año 2015, tendría que reflejar?
Gracias
Saludos

Re: Reserva de Capitalizacion

Publicado: Lun, 23 Ene 2017, 18:32
por supercontable
Buenas tardes RJAA,

Copiado tal cual de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades:

Artículo 25. Reserva de capitalización.
" [...]
En ningún caso, el derecho a la reducción prevista en este apartado podrá superar el importe del 10 por ciento de la base imponible positiva del período impositivo previa a esta reducción, a la integración a que se refiere el apartado 12 del artículo 11 de esta Ley y a la compensación de bases imponibles negativas.

No obstante, en caso de insuficiente base imponible para aplicar la reducción, las cantidades pendientes podrán ser objeto de aplicación en los períodos impositivos que finalicen en los 2 años inmediatos y sucesivos al cierre del período impositivo en que se haya generado el derecho a la reducción, conjuntamente con la reducción que pudiera corresponder, en su caso, por aplicación de lo dispuesto en este artículo en el período impositivo correspondiente, y con el límite previsto en el párrafo anterior.
[...]"

En consecuencia, este año puedes deducir por reserva de capitalización hasta 20.677,73 euros (10% de la B.I.): 2.788, 44 que quedaron pendientes del ejercicio anterior y 17.889,29 euros por el incremento de los fondos propios en 2016, quedando pendientes de aplicación 1364,08 euros.

Por tanto, deberías reconocer un activo por impuesto diferido por un valor de 341,02 (25% s/1364,08) previa eliminación del que tenías reconocido por la parte pendiente de aplicar del 2015 que has aplicado en 2016 (697,11):

697,11 (6301) Impuesto diferido
a (4742-) Reserva de capitalización pendiente de aplicar 2015 697,11
--- x ---
341,02 (4742-) Reserva de capitalización pendiente de aplicar 2016
a (6301) Impuesto diferido 341,02
--- x ---

Un saludo.

Re: Reserva de Capitalizacion

Publicado: Lun, 23 Ene 2017, 19:13
por RJAA
Gracias por la respuesta
Saludos