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fra.proveedor gastos devol.recibo

Publicado: Mar, 27 Nov 2012, 13:44
por JAVI-1
Buenos dias, es que tengo una duda, pues unos proveedores, con los gastos de devolución de un recibo ,hacen fra.con su iva correspondiente y otros sin iva, no se que es lo correcto.Un saludo

Re: fra.proveedor gastos devol.recibo

Publicado: Mar, 27 Nov 2012, 16:07
por Petrus
Los gastos bancarios de devolución de efectos bancarios a repercutir al cliente deben efectuarse sin aplicación del IVA. Se trata de una mera indemnización por lo causado. Eso si, siempre y cuando la repercusión se limite y no supera el coste real soportado por el perjudicado.En caso contrario si que se les aplicaria el IVA.

Re: fra.proveedor gastos devol.recibo

Publicado: Mar, 27 Nov 2012, 20:39
por JAVI-1
Gracias ,Petru, pero yo sólo recibo la fra. que me envia el proveedor y por tanto al no tener el extracto bancario de lo que le ha cobrado a él el banco , es dificil saber , si sólo a metido los gastos que le han cobrado ó mas.Gracias me ha quedado mas claro.

Re: fra.proveedor gastos devol.recibo

Publicado: Mar, 27 Nov 2012, 20:54
por NOVEDOSO
Bueno, puede que el proveedor se limite solo a repercutir los gastos bancarios de devolución, o inlcuso, ampliarlos con otros propios, conforme a lo que estime como daño o perjuicio. Incluso, pudiera también haber intereses de demora conforme al interés legal. Ahí ya entraria la "cordialidad" entre cliente y proveedor para limitarse solo, o bién a repercutir los gastos bancarios que el soportó (lo lógico seria adjuntar forocopia de gastos), o bién, incrementados a su vez con otros legitimos, debiéndose justificar y/o documentar.

Re: fra.proveedor gastos devol.recibo

Publicado: Mar, 27 Nov 2012, 22:16
por JAVI-1
GRACIAS." NOVEDOSO", AHORA ME HA QUEDADO PERFECTAMENTE CLARO

Re: fra.proveedor gastos devol.recibo

Publicado: Jue, 29 Nov 2012, 12:42
por Trocolo
En mi opinión, por gastos de devolución se entiende la comisión que cobra el banco por la gestión de tener que anotar una deuda en la cuenta del cliente por la devolución; y como tal gestión o servicio puede cobrar IVA (no solo puede, sino que está obligado a ello por la ley del IVA). Y también está obligado a enviar una factura o recibo con el detalle de la comisión y el IVA cargado, cosa que la mayoría de los bancos efectúan.
Entonces, si un proveedor repercute a su cliente el importe de esta comisión, no veo por qué no pueda cargarle el IVA; además, parece lógico que también envíe factura de cargo por la comisión y el IVA repercutido. Si, además, le añade algún otro importe por los daños causados, por acuerdos entre ellos, o por el motivo que sea, pues también deberá repercutir el IVA correspondiente.

Re: fra.proveedor gastos devol.recibo

Publicado: Jue, 29 Nov 2012, 13:30
por Invitado
Solo los intereses de demora, como indemnización estarian exentosa de IVA. Y hasta el limite legal. Cualquier otro servicio de gestión de cobro, gestion de devolución, etc., tanto del banco, como del proveedor, como tales servicios, podrian llevar IVA. Son prestaciones de servicios o trabajos llevados a cabo como consecuencia de un impagado.

Otra cosa es la posibiliadd de un acuerdo de llegar hasta el último extremo o no en el cargo de todos los "ingredientes" surgidos en un impagado. Ya sean gastos o intereses.

Re: fra.proveedor gastos devol.recibo

Publicado: Jue, 29 Nov 2012, 14:45
por Petrus
Los intereses demora a repercutir al cliente, en casos de un impagado, van sin IVA en razón básica por ser un concepto que goza de "excepción" del impuesto.
En el caso de simples "gastos bancarios" por comisiones, el simple concepto "indemnizatorio" justifica igualmente el repercutirlo sin IVA.