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Urgente!! Modelo 202

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BeginnersContable
Mensajes: 72
Registrado: Jue, 24 Ago 2017, 09:12
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Urgente!! Modelo 202

Mensaje por BeginnersContable »

Buenas tardes,

Necesito de vuestra ayuda acabo de recibir una notificación de hacienda diciéndome que hemos ingresado menos cantidad de la que deberíamos en el segundo pago del impuesto de sociedades. Teníamos que haber ingresado 300 euros mas por tanto mi pregunta es si este tipo de cosas tiene algún tipo de sanción si se ingresa el dinero en el plazo previsto o si existe algún recargo?
os a pasado alguna vez?

Gracias
Saludos
mariap
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Registrado: Mar, 01 Oct 2013, 18:31
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Re: Urgente!! Modelo 202

Mensaje por mariap »

Dejar de ingresar deudatributaria resultante de una autoliquidación:

Leve Base de sanción inferior a 3.000 o superior sin ocultación 50% DE LA base

Grave Superior a 3.000 y ocultación o con documentos falsos 50% a 100% de la base

Muy grave Uso de medios fraudulentos de 100% a 150% de la base imponible
BeginnersContable
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Registrado: Jue, 24 Ago 2017, 09:12
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Re: Urgente!! Modelo 202

Mensaje por BeginnersContable »

Gracias maría,

Es decir que la sanción podrá ser el 50% de lo que no hemos ingresado por error?

El documento que se no ha enviado se denomina notificación de la propuesta de liquidación provisional y trámite de alegaciones pero no menciona nada de sanciones por eso me genera la duda
mariap
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Re: Urgente!! Modelo 202

Mensaje por mariap »

No hacen mención a la sanción en la liquidación provisional porque ya está tipificado en la ley tributaria.

El procedimiento es que te emiten la liquidación provisional. Te dan un tiempo para alegaciones, que si estás de acuerdo yo te aconsejo que agotes ese tiempo y al no contestar nada dan por hecho que estás de acuerdo con la liquidación y así alargas un poco el proceso para pagar. Posteriormente te enviarán la liquidación definitiva con las cartas de pago.

Paralelo a esto te notificarán el inicio de expediente sancionador.Te harán una reducción del 30% si no se presenta recurso, y otra reducción del 50% si pagas en el período voluntario. También te dan un plazo para recurrir, que igual que lo anterior le dejas que expire y te enviarán la sanción definitiva con las cartas de pago. Es posible que puedan tardar, yo tengo inicio de expediente sancionador de agosto y aún no me han enviado la imposición de sanción definitiva.
BeginnersContable
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Re: Urgente!! Modelo 202

Mensaje por BeginnersContable »

Gracias Mairap,
Pero si en un caso contestamos que estamos de acuerdo con la liquidación, nos envían la carta de pago correspondiente y posteriormente habrá que esperar a la carta de expediente sancionador siendo la cantidad sancionada 300 aplicándole a su vez de una reducción del 50%(150) y el 30% por no presentar recurso(90)?
mariap
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Registrado: Mar, 01 Oct 2013, 18:31
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Re: Urgente!! Modelo 202

Mensaje por mariap »

si contestáis que estáis de acuerdo con la liquidación, os enviaran las cartas de pago con el principal.
Y para el expediente sancionador igual, si contestáis que estáis de acuerdo os enviarán las cartas de pago con las reducciones incluidas.

Por eso te comento que en estos requerimientos que no se puede alegar, dejes agotar los plazos para que se demore un poco más en el tiempo, a no ser que quieras pagar cuanto antes.
BeginnersContable
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Re: Urgente!! Modelo 202

Mensaje por BeginnersContable »

En este caso la sociedad si quiere pagar lo antes posible esta cantidad son muy correctos y quieren una solución ya.
Por esto te comento todo esto.
Una de mis compañeras dice que se ha informado de esto casos y le ha comentado que en principio suelen mandar la carta de pago para que se ingrese la diferencia de la liquidación que ellos no ha enviado y posteriormente mandan la sanción. Si por mi fuese dejaría agotar dicho plazo

Muchas gracias maria
mariap
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Re: Urgente!! Modelo 202

Mensaje por mariap »

Pues entonces ya proceded como mejor os convenga.

Sí envían primero lo que se refiere a la liquidación provisional y paralelamente os enviaran la sanción.

saludos
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