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DISOLUCION SOCIEDAD

Publicado: Jue, 04 Ene 2018, 13:36
por b.c
Buenos días, se quiere disolver una sociedad a 31 de diciembre 2017. Tengo varias dudas:

1 ¿ los impuestos del 4 trimestre se pagarán en enero momento en el que la sociedad ya estará disuelta, dejo los saldos acreedores pendiente de pago?
2 ¿Igual ocurre con el los seguros sociales que se pagarán en enero, dejo saldo acreedor en pendiente de pago?
3 Tenemos saldo deudor en 470000 por IVA, se puede pedir la devolución?
4 El balance de situación que debo enviar a la notaría para la escritura de extinción debe de contener el asiento de Impuesto sociedades, cierre, PYG o antes de contabilizarlos?
5 Tengo un saldo en 551 cuenta de socios deudor de unos 500,00?.

Gracias de antemano por la ayuda.
Saludos,