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gran empresa

Publicado: Mar, 09 Ene 2018, 10:49
por pukimuki
Buenos días.
Llevo una empresa que ha comenzado su actividad el 12/09/17. En estos meses ha facturado 3,5 millones de euros.
Me surge la duda de si la condición de gran empresa (haber facturado en el año anterior poco más de 6 millones de euros) se toma en términos absolutos o en relativos, tal y como sucede con el límite de estimación directa simplificada a normal.
Gracias y saludos.

Re: gran empresa

Publicado: Mié, 10 Ene 2018, 19:56
por supercontable
Buenas tardes pukimuki,

Conforme establece el artículo 3.5 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, el Registro de grandes empresas estará formado por aquellos obligados tributarios cuyo volumen de operaciones supere la cifra de 6.010.121,04 euros durante el año natural inmediato anterior, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, incluso cuando desarrollen su actividad fuera del territorio de aplicación de este impuesto.

Por su parte, en el artículo 121 no se establece que el volumen de operaciones deba elevarse al año cuando la periodicidad del ejercicio sea inferior al año natural.

Un saludo.