SUBVENCIÓN BONO JOVEN
Publicado: Jue, 22 Feb 2018, 18:39
Buenas tardes,
Mi empresa acaba de recibir una subvención para incentivar la contratación de personal desempleado, la cual fue solicitada en julio y ha sido aprobada e ingresada en el mes de diciembre pero no ha sido ingresada el 100% si no un 75% ahora y en el ejercicio 2018 se nos ingresa el resto.
Cuando llegue julio del año que viene que es cuando finaliza dicho contrato la AAPP en este caso la junta de Andalucía no pide que justificamos esta subvención mediante pago de las nóminas mediante banco y además que le enviemos un certificado haber registrado dicha bonificación en nuestra contabilidad.
Por tanto, ami me surge duda a la hora de contabilizar esta subvención puesto que esta destinada para el pago de los seguros sociales y nóminas y no se si contabilizarla en la cuenta 471( que no lo dudo puesto que no ha sido concedida por la SS) o si lo mas correcto es usar la cuenta 132 en el debe y cargándola en el haber por la cuenta 740.
y además ¿la parte que nos ingresa en el año 2018 afecta al IS como una diferencia temporaria?
Agradezco vuestra ayuda
Saludos
Mi empresa acaba de recibir una subvención para incentivar la contratación de personal desempleado, la cual fue solicitada en julio y ha sido aprobada e ingresada en el mes de diciembre pero no ha sido ingresada el 100% si no un 75% ahora y en el ejercicio 2018 se nos ingresa el resto.
Cuando llegue julio del año que viene que es cuando finaliza dicho contrato la AAPP en este caso la junta de Andalucía no pide que justificamos esta subvención mediante pago de las nóminas mediante banco y además que le enviemos un certificado haber registrado dicha bonificación en nuestra contabilidad.
Por tanto, ami me surge duda a la hora de contabilizar esta subvención puesto que esta destinada para el pago de los seguros sociales y nóminas y no se si contabilizarla en la cuenta 471( que no lo dudo puesto que no ha sido concedida por la SS) o si lo mas correcto es usar la cuenta 132 en el debe y cargándola en el haber por la cuenta 740.
y además ¿la parte que nos ingresa en el año 2018 afecta al IS como una diferencia temporaria?
Agradezco vuestra ayuda
Saludos