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Valoracion Gananc.Patrimonial en IRPF

Publicado: Jue, 25 Abr 2019, 23:30
por GADES67
Hola.-

En la escritura de compra de un inmueble se indica un valor de 125.000.-€ y en el recibo de IBI, se indica un valor catastral de 45.000.-€.

En el caso de venta del citado inmueble a los efectos de calculo del beneficio en el IRPF ¿Que valor se tiene en cuenta? ¿El de compra segun escritura ó el del IBI?

Tambien para venta posterior ¿ por que importe de referencia se podría formalizar en notaria ? Tomando el del IBI ó tambien el citado mayor importe en escritura de adquisicion primera.

Gracias.

Re: Valoracion Gananc.Patrimonial en IRPF

Publicado: Vie, 26 Abr 2019, 20:26
por elchuske
Vaya lio que tienes.
Olvídate del recibo del IBI. Es una valoración a efectos de los ayuntamientos. Para nada es una referencia ni para compra ni para venta así que no te metas en líos.
El precio de compra es el que figura en la escritura, siempre.
Si lo quieres vender, el precio para calcular el beneficio o perdida es el escriturado siempre que este no esta por debajo de los precios de referencia que marca cada comunidad autónoma.

Re: Valoracion Gananc.Patrimonial en IRPF

Publicado: Lun, 29 Abr 2019, 09:36
por SLR. LUCIA
Hola Gades67, nosotros también tenemos una duda parecida a la tuya.

Indica elchuske que el precio para calcular el beneficio o pérdida es el escriturado siempre que no esté por debajo de los precios de referencia que marca cada comunidad autónoma.

Según tengo entendido, el precio mínimo por el que se debe vender un inmueble seria por el valor catastral que indica el recibo del IBI multiplicado por un coeficiente que lo marca la comunidad autónoma no?

Y por otro lado, a la hora de calcular la ganancia patrimonial, el precio de compra de ese inmueble el cuál aparece en escritura, ese hay que actualizarlo de alguna manera? Algo he escuchado pero no sé exactamente ya que nunca me he encontrado ante esta situación.