DEDUCCION RETENCIONES SOPORTADAS IS
Publicado: Mar, 17 Sep 2019, 13:25
Buenos días,
Mi empresa es arrendadora de un local de negocios sujeto a retención, cuyas facturas correspondientes al 2016 todavía no se han cobrado a día de hoy. Sin embargo, en el impuesto de sociedades de dicho ejercicio si hemos deducido las retenciones soportadas. Primero porque dicha deuda estaba reclamada judicialmente y admitida a trámite (aunque a día de hoy no hay sentencia firme) y segundo, porque la empresa arrendataria nos facilitó el correspondiente "Certificado de Retenciones" cuyo importe coincidía exactamente con las retenciones soportadas.
En el mes de marzo la Agencia Tributaria nos envió un requerimiento para que les enviásemos el contrato de arrendamiento, las facturas emitidas, el certificado emitido por el retenedor y los justificantes bancarios del cobro. Se envió todo excepto los justificantes de cobro, puesto que la deuda no está cobrada.
Ahora nos notifican que eliminan dichas retenciones de la deducción realizada porque las facturas no están cobradas, y se abre plazo para presentar alegaciones.
La duda es ¿podríamos tener alguna posibilidad de recuperar dichas retenciones si alegamos que disponíamos del certificado de retenciones emitido por el arrendatario y que además la demanda ya había sido admitida a trámite en el momento de presentación del impuesto de sociedades? y de ser así ¿nos podríais facilitar algún modelo de alegaciones para éste tema en concreto?
Un saludo y muchísimas gracias de antemano.
Mi empresa es arrendadora de un local de negocios sujeto a retención, cuyas facturas correspondientes al 2016 todavía no se han cobrado a día de hoy. Sin embargo, en el impuesto de sociedades de dicho ejercicio si hemos deducido las retenciones soportadas. Primero porque dicha deuda estaba reclamada judicialmente y admitida a trámite (aunque a día de hoy no hay sentencia firme) y segundo, porque la empresa arrendataria nos facilitó el correspondiente "Certificado de Retenciones" cuyo importe coincidía exactamente con las retenciones soportadas.
En el mes de marzo la Agencia Tributaria nos envió un requerimiento para que les enviásemos el contrato de arrendamiento, las facturas emitidas, el certificado emitido por el retenedor y los justificantes bancarios del cobro. Se envió todo excepto los justificantes de cobro, puesto que la deuda no está cobrada.
Ahora nos notifican que eliminan dichas retenciones de la deducción realizada porque las facturas no están cobradas, y se abre plazo para presentar alegaciones.
La duda es ¿podríamos tener alguna posibilidad de recuperar dichas retenciones si alegamos que disponíamos del certificado de retenciones emitido por el arrendatario y que además la demanda ya había sido admitida a trámite en el momento de presentación del impuesto de sociedades? y de ser así ¿nos podríais facilitar algún modelo de alegaciones para éste tema en concreto?
Un saludo y muchísimas gracias de antemano.