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Re: ERTE

Publicado: Jue, 04 Jun 2020, 13:07
por Fer
Todos estos rollos aún no se pueden hacer, ¿verdad? No tienen el procedimiento operativo todavía...

Nos vamos a comer mínimo una semana entera de mes sin poder enviar los seguros sociales. Luego cuando ya se pueda empezaremos con los rechazos y los errores en las bases y demás, y a sudar tinta. Siempre aplicando la ley del embudo: lo ancho para la Administración. Pero las fechas para la confirmación no las moverán un ápice, y allá tú con tus descuadres y con tus problemas.

Les está viniendo muy grande todo, pero los que lo pagamos somos siempre los mismos. Los tontos útiles.

Re: ERTE

Publicado: Vie, 05 Jun 2020, 11:53
por pegatina
Buenos días. He presentado por sistema RED declaración responsable por Causa de la Peculiaridad de Cotización 059, y fecha 26 de mayo. Se lo ha tragado pero no me ha generado ningún informe... ¿alguien lo ha hecho ya? ¿Sabéis si hay alguna manera de visualizar que efectivamente la empresa está en 059? Gracias.

Re: ERTE

Publicado: Vie, 05 Jun 2020, 13:23
por Fer
Esta misma mañana me han llamado de la Tesorería de la Seguridad Social de Aranjuez, donde radico. Me han indicado que todavía no está habilitado el envío de las Declaraciones Responsables, y que cuando por fin esté operativo y las hayamos mandado podremos modificar en Tipo/Coeficiente las V o W de los trabajadores que dejan el ERTE por la R o la letra que corresponda. Pero no ha sabido decirme cuándo lo habilitarán.

Re: ERTE

Publicado: Vie, 05 Jun 2020, 18:24
por MARTALYD
Hola a todos, yo he presentado el de una empresa y luego el archivo de afiliciacion, pero tal y como dices no he conseguido ver si lo ha tramitado de verdad, el lunes vere en SILTA si me ha admitido los ficheros de AFI

Re: ERTE

Publicado: Vie, 05 Jun 2020, 18:28
por MARTALYD
Lo que si agradecería es si alguno me puede ayudar, esta tarde ha salido el boletín de noticias RED numero 13, y casi es mas enrevesado que los anteriores.

Se supone que hay que informar en la declaración responsable de todo tipo de empresas que inician su actividad, pero con que fecha, la del primer trabajador que se incorpora ya sea a tiempo parcial que a tiempo completo, o cuando se incorpora el ultimo trabajador, finalizando así el ERTE?

exoneración

Publicado: Vie, 05 Jun 2020, 21:57
por DESI
Hola. Si una empresa reanuda su actividad el 11 de mayo y su único trabajador lo mantiene en ERTE total hasta el 1 de Junio que lo ha incorporado. Se ha presentado en el SEPE la baja de prestación por Erte y al hacer la liquidación en la seguridad social sale a pagar. En este caso, no aplican ninguna exoneración en las cotizaciones? Gracias

Re: ERTE

Publicado: Sab, 06 Jun 2020, 08:36
por RoberS
Hola, por si no lo he entendido bien, os consulto este caso: empresa que reincorpora a todos sus trabajadores el 25/05 >>> Debe realizar Declaración Responsable TOTAL indicando en TGSS el periodo del 01/05 al 24/05 (y no hasta el 31/05). Si veis alguna objeción al respecto os agradecería comentario. Gracias y saludos!

Re: ERTE

Publicado: Sab, 06 Jun 2020, 15:26
por DESI
Hola. A ver si me aclaro con ésto. Si una empresa, con un solo trabajador, reanuda su actividad el día 11 de mayo pero mantiene en ERTE a dicho trabajador. Tiene derecho a alguna exoneración en cotizaciones? Si es así debe presentar declaración responsable para el mes de mayor? Es que no me aclaro con eso de situación de fuerza mayor total o fuerza mayor parcial, ya que a mi entender no sería ninguno de los dos casos, ya que la empresa ya está activa. Muchas gracias

Re: ERTE

Publicado: Sab, 06 Jun 2020, 16:51
por oscarmc64
Buenas Tardes Desi

Si finalizas el ERTE totalmente no tendrás derecho a la exoneración. Volverán tus trabajadores a sus puestos de trabajo y empezarás a hacerte cargo de sus cuotas empresariales y salario.

Si no finalizas el ERTE hasta el 30 de junio y tus trabajadores no vuelven a la actividad podrás disfrutar de la exoneración hasta esa fecha.

Si reinicias la actividad y se reincorporan una parte de los trabajadores antes del 30 de junio habrá exoneración específica para los trabajadores que se han reincorporado y para los que continúan suspendidos

Re: ERTE

Publicado: Sab, 06 Jun 2020, 16:59
por SLR. LUCIA
Hola.

Lo de Fuerza mayor total o parcial, es difícil de entender porque te ves que no estás en ninguna de las dos situaciones porque una por unas cosas y otra por otras cosas..

Total que os comento lo que me han aclarado en la TGSS, en el MINISTERIO DE TRABAJO y lo que también pone en el boletín de noticias red 14/2020. Según todo esto, tu tienes un erte con todos los trabajadores en él, pues FUERZA MAYOR TOTAL, que alguno sale del erte, se reincorpora, con que sea 1 es suficiente, pues FUERZA MAYOR PARCIAL.

Si tienes un único trabajador, y sale del ERTE, pues será FUERZA MAYOR PARCIAL la declaración a realizar y su correspondiente modificación de la V...W.... por R... o S....