operaciones intracomunitarias
Publicado: Mar, 31 Mar 2020, 19:54
Hola a tod@s:
Mi pregunta es la siguiente: en una operación intracomunitaria de compra o venta con un anticipo previo, a la hora de contabilizar luego la venta o compra, ¿debe realizarse la operación IVA soportado-repercutido en el caso de compras y exención de IVA repercutido en ventas? O debe en este caso soportarse solo (compras) y repercutirse solo (ventas)? Todo esto en el caso de que sea una empresa y esta esté dentro del marco comunitario para hacer este tipo de operaciones, claro.
Un saludo y gracias.
Mi pregunta es la siguiente: en una operación intracomunitaria de compra o venta con un anticipo previo, a la hora de contabilizar luego la venta o compra, ¿debe realizarse la operación IVA soportado-repercutido en el caso de compras y exención de IVA repercutido en ventas? O debe en este caso soportarse solo (compras) y repercutirse solo (ventas)? Todo esto en el caso de que sea una empresa y esta esté dentro del marco comunitario para hacer este tipo de operaciones, claro.
Un saludo y gracias.