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Contabilizar it larga duración

Publicado: Jue, 10 Dic 2020, 21:28
por Brisa
Hola,
Tenemos a un trabajador que está en un proceso de it de larga duración, ya está con el 75% de pago delegado por la SS. ¿Es correcta esta forma de contabilizar su nómina?

(642)
(471) A -----> (476)
(465)


Muchas gracias!

Re: Contabilizar it larga duración

Publicado: Vie, 11 Dic 2020, 10:45
por DATAK0N
En ésta página, en el primer caso, podrás observar los asientos generalizados de NOMINAS, con deducciones por ILT:

https://pymes.foroactivo.com/t137-nomin ... educciones

El ejemplo expuesto, seria en el primer mes. En los sucesivos, si se encuentra en ILT, de larga duración, habria que omitir en la nómina del trabajador las cuentas 64 (devengos salariales), por parte de la empresa.

Re: Contabilizar it larga duración

Publicado: Vie, 11 Dic 2020, 12:59
por Brisa
ENtonces entiendo que sería así:

DEBE:
471
HABER:
476
4751
465

Muchas gracias por la ayuda!

Re: Contabilizar it larga duración

Publicado: Sab, 12 Dic 2020, 10:20
por DATAK0N
CONTABILIDAD:
Aparte, tendrías que llevar otro registro por la carga social correspondiente a la empresa, a igual que se hace cara al trabajador: Es decir, 642 a 476, por la parte empresarial.

LABORAL:
Lo que ya no te puedo confirmar, si solo existe INDEMNIZACION (ILT) en nómina, si admite retención IRPF (4751), al no figurar un rendimientos del trabajo explicito. Espero que algún experto en laboral, lo pueda aclarar. O cuando menos, quien formule la nómina, debería conocerlo.

Re: Contabilizar it larga duración

Publicado: Sab, 12 Dic 2020, 10:42
por DATAK0N
Me ha intrigado este tema, aunque la parte fiscal/laboral no sea mi especialidad. Esto he encontrado, buscando en la Agencia Tributaria:

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.i ... nes_.shtml

¿En el caso de retribuciones que deban declararse en el apartado de “PERCEPCIONES DINERARIAS DERIVADAS DE INCAPACIDAD LABORAL”, cómo han de consignarse las retenciones?

En el campo “”RETENCIONES PRACTICADAS SOBRE PRESTACIONES DERIVADAS DE INCAPACIDAD LABORAL” se consignará el importe de las retenciones a cuenta del IRPF resultante de aplicar a la cuantía de la prestación dineraria por incapacidad laboral transitoria el tipo de retención general determinado de acuerdo con arreglo a lo establecido en los artículos 80 y siguientes del Reglamento de IRPF.
...............................

Por lo que deduzco, las "indemnizaciones" o percepciones derivadas de la ILT, están igualmente sujetas a retención por IRPF.

Re: Contabilizar it larga duración

Publicado: Jue, 07 Ene 2021, 22:31
por Brisa
Muchísimas gracias Datakon! Como las pocas it que he contabilizado eran procesos cortos, siempre había retención presente. Así ya sé cómo proceder si vuelvo a encontrarme un caso de it larga. Gracias!

Re: Contabilizar it larga duración

Publicado: Vie, 08 Ene 2021, 12:37
por Ponteunnickplis
Hola Brisa,

Los asientos que propones son incompletos. En tu primer post faltaban las retenciones y el último post falta el gasto de seguridad social que durante IT tiene que seguir pagando la empresa tal y como te ha indicado Dakaton.

Existe un supuesto además y bajo ciertos requisitos y de forma excepcional que el pago delegado no se produzca y se haga cargo directamente la SS o la Mutua correspondiente.

En ese caso no tendrías que contabilizar nada salvo la seguridad social a cargo de la empresa.

Te dejo un enlace
https://www.ineaf.es/tribuna/como-se-co ... -temporal/

Saludos