AUTONOMO SOCIETARIO PUEDE ABRIR OTRA EMPRESA
Publicado: Lun, 15 Feb 2021, 12:29
Buenos días,
Quisiera proponer una situación por si me pudierais orientar.
Un autónomo societario, administrador único y socio único de una S.L., está dado de alta en el RETA, la empresa le hace una nómina porque tras una inspección, nos dijeron que esto podía ser así siempre que modificáramos un apartado de las escrituras de la Sociedad, y se hizo, por lo que el autónomo lo que tiene son rendimientos de trabajo de la S.L., la cual no está dando beneficios por lo que no se le reparten beneficios. El autónomo no presenta ningún tipo de impuesto ni nada, sólo su renta declarando ahí sus rend. de trabajo obtenidos de la empresa.
Ahora este autónomo quiere montar una S.A. a parte, distinta, quiere ser socio de ella junto con otros y quiere ser el administrador de esa nueva sociedad. Mis preguntas son:
1. Él está pagando su recibo de autónomo societario y tiene la S.L. Entonces para ahora abrir otra empresa, en este caso S.A., ¿le sirve el mismo autónomo que está pagando? o ¿Hay que comunciar algo a la S.S. sobre esto, estilo algo de pluriactividad? Estoy muy perdida.
2. Al abrir la nueva empresa y ser administrador de ella, de la que tiene actualmente (S.L.) podría seguir cobrando por nómina recibiendo rend. de trabajo ¿no? o al ya tener una nueva empresa afecta a su situación en la S.L. actual? Y respecto a la nueva (S.A.), ahí, por el sueldo que él cobrase, ¿cómo hay que hacerlo? También puede hacerse por nómina? O al ser una nueva sociedad y con más socios, lo que tendría que hacer el autónomo es facturarle a esta S.A.?
3. En caso de que el autónomo tenga que facturarle a esta nueva S.A., como actualmente él no está dado de alta en la AEAT para ejercer actividad, ya que sólo está dado de alta en el RETA en la seg. social, y es su S.L. la que está dada de alta en Hacienda, y en la SEG. SOCIAL con su CCC para contratar trabajadores, etc, etc... Lo que tendría que hacer es darse de alta en Hacienda para poder facturarle a la S.A. por sus servicios no? Y de esta forma tendrá que presentar sus impuestos trimestrales correspondientes no?
4. En este último caso, en el que efectivamente tuviera que darse de alta en la AEAT para facturar a la nueva S.A., tendrá que hacer sus pagos trimestrales (mod. 130) y tal y luego a la hora de hacer su RENTA tendrá sus rendimientos de actividades económicas por la S.A. donde ya habrá hecho pagos a cuenta, y también tendría sus rendimientos de trabajo por la S.L., ¿sería así?
Muchas gracias a todos. Un saludo.
Quisiera proponer una situación por si me pudierais orientar.
Un autónomo societario, administrador único y socio único de una S.L., está dado de alta en el RETA, la empresa le hace una nómina porque tras una inspección, nos dijeron que esto podía ser así siempre que modificáramos un apartado de las escrituras de la Sociedad, y se hizo, por lo que el autónomo lo que tiene son rendimientos de trabajo de la S.L., la cual no está dando beneficios por lo que no se le reparten beneficios. El autónomo no presenta ningún tipo de impuesto ni nada, sólo su renta declarando ahí sus rend. de trabajo obtenidos de la empresa.
Ahora este autónomo quiere montar una S.A. a parte, distinta, quiere ser socio de ella junto con otros y quiere ser el administrador de esa nueva sociedad. Mis preguntas son:
1. Él está pagando su recibo de autónomo societario y tiene la S.L. Entonces para ahora abrir otra empresa, en este caso S.A., ¿le sirve el mismo autónomo que está pagando? o ¿Hay que comunciar algo a la S.S. sobre esto, estilo algo de pluriactividad? Estoy muy perdida.
2. Al abrir la nueva empresa y ser administrador de ella, de la que tiene actualmente (S.L.) podría seguir cobrando por nómina recibiendo rend. de trabajo ¿no? o al ya tener una nueva empresa afecta a su situación en la S.L. actual? Y respecto a la nueva (S.A.), ahí, por el sueldo que él cobrase, ¿cómo hay que hacerlo? También puede hacerse por nómina? O al ser una nueva sociedad y con más socios, lo que tendría que hacer el autónomo es facturarle a esta S.A.?
3. En caso de que el autónomo tenga que facturarle a esta nueva S.A., como actualmente él no está dado de alta en la AEAT para ejercer actividad, ya que sólo está dado de alta en el RETA en la seg. social, y es su S.L. la que está dada de alta en Hacienda, y en la SEG. SOCIAL con su CCC para contratar trabajadores, etc, etc... Lo que tendría que hacer es darse de alta en Hacienda para poder facturarle a la S.A. por sus servicios no? Y de esta forma tendrá que presentar sus impuestos trimestrales correspondientes no?
4. En este último caso, en el que efectivamente tuviera que darse de alta en la AEAT para facturar a la nueva S.A., tendrá que hacer sus pagos trimestrales (mod. 130) y tal y luego a la hora de hacer su RENTA tendrá sus rendimientos de actividades económicas por la S.A. donde ya habrá hecho pagos a cuenta, y también tendría sus rendimientos de trabajo por la S.L., ¿sería así?
Muchas gracias a todos. Un saludo.