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Retribucion socio profesional
Publicado: Dom, 21 Nov 2021, 11:19
por Ignacio
En el ultimo boletín de SUPERCONTABLE he leído que si no se cumplen los requisitos establecidos para la retribución del socio profesional, en una inspección se le podrían¡ atribuir al socio-profesional la totalidad de la facturación de la empresa, por considerarse a ésta como sociedad interpuesta. Pero me supongo que en este caso tambien podria deducirse todos los gastos ¿no? .Es decir se trataría la figura tributaria como si la sociedad no existiese y tributaria en la renta del socio como una actividad profesional.
Graciss
Re: Retribucion socio profesional
Publicado: Jue, 25 Nov 2021, 10:23
por DATAK0N
En tal supuesto, seria de lo mas lógico. Los gastos generados para conseguir los ingresos estimados, también serian deducibles fiscalmente. No pueden existir ingresos sin gastos que los generen. Lo cual daría un RENDIMIENTO NETO a tener en cuenta, sobre el cual giraría la cuota tributaria. Como en cualquier otra actividad económica. Otra cosa distinta, en tu caso, sería conocer quien es el sujeto pasivo. Ahí lo decidiría Hacienda conforme a la legislación al respecto, a la cual debería hacer alusión.
Re: Retribucion socio profesional
Publicado: Mié, 15 Dic 2021, 21:21
por anniel
La retribución conjunta de los socios profesionales deberá ser, al menos, el 75% del resultado previo de la empresa; y su retribución individual, como mínimo, 1,5 veces la retribución de otros trabajadores con funciones similares.