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Trabajos realizados para Inmovilizado

Publicado: Mié, 20 Abr 2022, 19:15
por Patricia77
Buenas tardes,

Me gustaría saber vuestra opinión y consejo sobre los supuestos en los que se utiliza la cuenta "Trabajos realizados para Inmovilizado Inmaterial". Una empresa externa ha diseñado un software para la empresa donde estoy trabajando. Cada mes nos envían una factura por desarrollo de software y mejoras, pero realmente el software está apto para ser utilizado, y de hecho, lo utilizamos a diario.

Agradecería consejos sobre la posible utilización de la cuenta que os comento o en este caso, hay que dar de alta el Inmovilizado, ya que no estamos destinando "nuestros propios recursos" para desarrollar el software y esta tarea la está desarrollando una empresa externa.

Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.

Re: Trabajos realizados para Inmovilizado

Publicado: Jue, 21 Abr 2022, 11:12
por DATAK0N
Si el software que indicas, no queda de vuestra propiedad, por el cual podriais comercializar o rentabilizar el mismo, con un posible beneficio, no reúne las cualidades para ser considerado inmovilizado inmaterial.

O sea:

1º.- Si queda de vuestra ENTERA PROPIEDAD, para poder disponer libremente del mismo (obteniendo beneficios, mediante venta o renta), puede considerarse inmovilizado.

2º.- Y si no reune éstas condiciones, no pasa de ser una simple prestación de servicios, como gasto corriente del ejercicio.

RESUMIENDO: Todo inmovilizado (material o inmaterial), para que pueda considerarse como tal, debe ser o quedar en propiedad de quien lo adquiere, o lo produce, pudiendo COMERCIALIZAR libremente con el mismo. De lo contrario, debe considerarse una prestación de servicios.

Re: Trabajos realizados para Inmovilizado

Publicado: Jue, 21 Abr 2022, 21:24
por Patricia77
Hola Dakaton.

Gracias por tu rápida respuesta; te confirmo que el software es de nuestra propiedad, pero lo que no tengo claro, es si puedo activarlo llevándolo a la cuenta "Trabajos realizados para Inmovilizado Inmaterial", ya que así se reflejaría en el resultado del ejercicio (cuenta grupo 7). Para hacer esto, he recopilado información pero no sé si estoy en lo cierto, el Inmovilizado tendríamos que "fabricarlo" nosotros, con las correspondientes facturas o gastos de personal invertidos en el desarrollo.

Aunque en este caso, el desarrollo de software y el software en sí, nos lo proporciona una empresa ajena, que nos envía una factura cada mes por concepto de desarrollo. Por lo que entiendo que en este caso, la forma de dar de alta el Inmovilizado, es a través de la citada factura que nos envía esta empresa que nos lo ha "fabricado" a medida (de esta manera lo daría de alta en una cuenta 206).

Espero haberme explicado bien, para que me puedas orientar cuál sería la opción correcta.

Muchísimas gracias!

Re: Trabajos realizados para Inmovilizado

Publicado: Jue, 21 Abr 2022, 22:14
por DATAK0N
Si es así, tal como dices, de propiedad de la empresa, solo que realizado por terceros, en tal caso habría que considerarse INMOVILIZADO INMATERIAL. Pero solo podría ser activado (registrado como inmovilizado), una vez estuviese terminado y en funcionamiento. Mientas tanto, esos pagos deben considerase a cuenta por suministros pendientes de recibir. Y además, devengarían IVA.

Re: Trabajos realizados para Inmovilizado

Publicado: Vie, 22 Abr 2022, 18:28
por Patricia77
Disculpa que te pregunte de nuevo. El software ya está en condiciones de ser utilizado, solo que se continúa mejorando. Por lo que entiendo, por lo que me has explicado, que es correcto darlo de alta como Inmovilizado.

Entiendo que para estar en el caso que te comentaba de "Trabajos realizados para II", tendría que estar pendiente de "fabricación", independientemente entonces de si somos nosotros con nuestros propios recursos los que lo diseñamos o una empresa externa. ¿Estoy en lo correcto?.

Muchas gracias Dakaton.

Re: Trabajos realizados para Inmovilizado

Publicado: Lun, 25 Abr 2022, 06:54
por DATAK0N
Luego entonces, la activación del inmovilizado puede ser llevado a cabo en el momento en que entró definitivamente en funcionamiento, desde el primer momento en que la empresa empezó a tener "sinergias". Es decir, signos de producción/beneficios por su uso.

Las posteriores facturaciones periódicas, pueden ser consideradas, como:

1º.- AMPLIACION del mismo, si son MEJORAS SIGNIFICATIVAS, aumentando de forma considerable las prestaciones del inmovilizado.

2º.- O bien, si solo tienen carácter de mantenimiento, conservación o "vigilancia", aún con simples mejoras, como gastos corrientes del ejercicio.

Estas posibles mejoras, si tienen carácter de AMPLIACION (amortización) ó MANTENIMIENTO (gasto corriente), lo tiene que decidir la propia empresa. De cualquier forma, siempre sería un gasto deducible. Bien por via de amortización (mejoras significativa), como gasto diferido, ó bien, como gasto corriente del ejercicio (si son de simples mantenimiento/conservación). Pero GASTOS, al fin y al cabo.

Re: Trabajos realizados para Inmovilizado

Publicado: Lun, 25 Abr 2022, 20:52
por Patricia77
Muchas gracias Dakaton, me has ayudado mucho. Saludos.