Página 1 de 1

deducciones por doble imposicion internaciona

Publicado: Lun, 09 May 2022, 20:10
por soniaco
Buenas tardes,
una SL q en 2020 tenia pagos en el extranjero por servicios prestados allí sin establecimiento permanente, lo que le genero una Deducción por doble imposición internacional (DDII), que no recogió ni en conta ni en el IS. En el 2020 dió pérdidas, y esa falta de aplicación de DDII no tuvo transcendencia, pero en el 2021 tiene beneficios y quiere aplicarse esa DDII. A efectos de IS ya se ha presentado un escrito en AEAT para corregir IS 2020 y dejar constancia de la existencia de las mismas, pero a nivel contable ¿como se puede recoger ahora en el 2021 esa DDII del 2020 para aplicar en el 2021?. la empresa tiene esos pagos de impuestos en el extranjero registrados en una cuenta "473", puesto que hacía los siguientes asientos:

1.000 (430) a (705) 1.000
------------x---------------
siendo los 1.000 el importe total bruto de la factura (sin detraer el impuesto)

900 (572) a (430)1.000
100 (473)
------------x-------------
¿como se puede contablemente reconocer el derecho de esa DDII de año anterior? para aplicar en el 2021?, y como ir cancelando esa cuenta "473"?