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Pago de creditos incobrables

Publicado: Mar, 30 Ago 2022, 21:48
por silvestregonzalez
Buenas tardes, he visto el curso de tratamiento de facturas incobrables de
supercontable y hasta la devolución del Iva en el modelo 303, perfecto, pero mi duda es si el cliente por reclamación judicial paga toda la deuda con iva incluido, tengo que realizar factura rectificativa sólo del iva ( en positivo) , enviarla al cliente y posteriormente deducirla en el modelo 303.
Tengo que comunicarlo a la Agencia Tributaria.
Me podrian orientar.
Gracias

Silvestre

Re: Pago de creditos incobrables

Publicado: Vie, 02 Sep 2022, 20:48
por Cervantes
Buenas tardes.

Te envio esta informacion que te puede ser valida.

Si la factura llega a cobrarse a consecuencia de la reclamación, no será necesario hacer una nueva modificación de la misma para ingresar de nuevo el IVA.

El moroso se encargará de liquidarlo, a no ser que se trate de un particular, en cuyo caso sí se entenderá que el impuesto forma parte del cobro y habrá que ingresarlo en la AEAT.

Saludos